Sanitarios de Ginemédica acusados de practicar abortos recurren al Constitucional

José María Mohedano, abogado defensor de los nueve médicos y ATS de la clínica Ginemédica de Valladolid acusados de practicar abortos ilegales, considera como "atentado flagrante y vulneración escandalosa por desconocimiento de lo que son los derechos de los defendidos en el procedimiento abreviado" la actuación del juez encargado del caso, Manuel García Castellón, quien rechazó recientemente el recurso de nulidad de actuaciones por indefensión de los acusados planteado por la defensa. Mohedano ha presentado recurso de reforma contra esta decisión y pedirá al juez certificación por escrito de ...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

José María Mohedano, abogado defensor de los nueve médicos y ATS de la clínica Ginemédica de Valladolid acusados de practicar abortos ilegales, considera como "atentado flagrante y vulneración escandalosa por desconocimiento de lo que son los derechos de los defendidos en el procedimiento abreviado" la actuación del juez encargado del caso, Manuel García Castellón, quien rechazó recientemente el recurso de nulidad de actuaciones por indefensión de los acusados planteado por la defensa. Mohedano ha presentado recurso de reforma contra esta decisión y pedirá al juez certificación por escrito de su resolución en caso de que rechace este nuevo recurso. A su vez, ha presentado recurso de amparo para cinco de sus defendidos ante el Tribunal Constitucional por entender que se han violado los artículos 24.1 y 24.2 de la Constitución.El letrado de los procesados por el llamado caso Ginemédica apoya sus argumentaciones en una sentencia del Tribunal Constitucional del 15 de noviembre de 1990 (veáse EL PAÍS del sábado último) en la que se indica que en el procedimiento abreviado la acusación no puede dirigirse contra quien no tenga la condición de imputado y que a éste se le tiene que informar de tal condición para que pueda ejercer sus derechos y por tanto esté en igualdad de condiciones que la acusación. En un auto anterior el juez del caso Ginemédica reconoce que durante la fase de instrucción e investigación, los ahora acusados no fueron considerados imputados, sino testigos y por consiguiente declararon como tales.

Mohedano: "No cabe juicio oral"

Mohedano señaló que a la luz de la citada sentencia del Tribunal Constitucional parece obvio que el juez ha incumplido normas elementales del ordenamiento jurídico español y ha sentado en el banquillo sorpresivamente a personas a las que no le había dado la condición de imputados. "Si no hay imputados", añadió, "no puede haber acusados y no cabe la apertura de juicio oral". Señaló también que los acusados de Ginemédica no han podido ejercer sus derechos según la Ley de Enjuiciamiento Criminal.El abogado y diputado socialista entiende que el proceso tiene que retrotraerse a abril de 1989 para que los acusados puedan personarse en el proceso en igualdad de condiciones que fiscal y acusación, propongan diligencias de prueba, sean llamados a declarar como imputados y no como simples testigos y ejerciten todos los derechos que les otorga nuestro ordenamiento jurídico.

Archivado En