Defensa pidió a Interior que declarase ilegal la Oficina del Defensor del Soldado

El Ministerio de Defensa remitió el 10 de mayo a la Dirección General de Política Interior un escrito en el que afirmaba que "debiera estimarse ( ... ) como ilegal y denegarse la solicitud de inscripción" en el registro de asociaciones de la Oficina del Defensor del Soldado (ODS). La carta, firmada por el general José Manuel Estévez Ons, argumentaba su recomendación en que los estatutos de la ODS no excluyen la afiliación de soldados en situación de actividad, por lo que la inscripción de la misma "pudiera suponer la constitución de un sindicato o asociación reivindicativa para las clases ...

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El Ministerio de Defensa remitió el 10 de mayo a la Dirección General de Política Interior un escrito en el que afirmaba que "debiera estimarse ( ... ) como ilegal y denegarse la solicitud de inscripción" en el registro de asociaciones de la Oficina del Defensor del Soldado (ODS). La carta, firmada por el general José Manuel Estévez Ons, argumentaba su recomendación en que los estatutos de la ODS no excluyen la afiliación de soldados en situación de actividad, por lo que la inscripción de la misma "pudiera suponer la constitución de un sindicato o asociación reivindicativa para las clases de tropa", prohibido por ley.

El escrito asegura también que el empleo de los términos "Oficina" y "Defensor" en el nombre de la asociación "pueden resultar equívocos o engañosos, ya que recuerdan con toda nitidez a un órgano de carácter público y gran trascendencia en la vida nacional como es el Defensor del Pueblo". Se da la circunstancia, de que el propio Defensor del Pueblo no fue consultado al respecto, según fuentes de dicha institución; que aseguran estar a favor de la libertad de asociación para defender derechos constitucionales".

El 29 de junio, el Ministerio del Interior comunicó por escrito a la ODS que "por razones de seguridad jurídica" debía sustituir los términos "Oficina del Defensor" en su denominación y "dejar explicitado suficientemente en los estatutos que no se pretende constituir un sindicato o asociación reivindicativa para las clases de tropa", antes de proceder a su inscripción en el registro. Esta decisión ha sido recurrida judicialmente por la ODS.

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