Los sindicatos creen que la concertación está en peligro al agravarse sus un diferencias con el Gobierno

Los sindicatos creen que la concertación está en peligro tras reunirse ayer con los ministros de Economía y Trabajo. El Gobierno aceptó algunas enmiendas al borrador del proyecto de ley que recoge el control sindical de la contratación, pero al apoyarse en la literalidad de lo pactado el 31 de enero han aumentado las discrepancias. El argumento del Ejecutivo es que la referencia a los artículos 15.4 y 64.1 del Estatuto de los Trabajadores permite limitar el control a una parte de los contratos temporales y quedar excluidos, además de los indefinidos, los de prácticas, formación, relevo y a tie...

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Los sindicatos creen que la concertación está en peligro tras reunirse ayer con los ministros de Economía y Trabajo. El Gobierno aceptó algunas enmiendas al borrador del proyecto de ley que recoge el control sindical de la contratación, pero al apoyarse en la literalidad de lo pactado el 31 de enero han aumentado las discrepancias. El argumento del Ejecutivo es que la referencia a los artículos 15.4 y 64.1 del Estatuto de los Trabajadores permite limitar el control a una parte de los contratos temporales y quedar excluidos, además de los indefinidos, los de prácticas, formación, relevo y a tiempo parcial, donde hay un fraude mayor.

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Si el Gobierno no modifica su criterio en el nuevo texto que se ha comprometido a enviar a las centrales en el plazo de siete días, el control sindical se limitaría a los contratos por obra o servicio, los de sustitiación por excedencia, lanzamiento de nueva actividad y los de temporada por circunstancias del mercado.Los representantes del Gobierno aceptaron ayer diez enmiendas de las propuestas sindicales pero las discrepancias se agravaron cuando el Ejecutivo afirmó que aceptaba aplicar en el borrador del proyecto de ley "la literalidad de todo lo pactado en enero". Con ese argumento, los ministros entienden que también se debe recoger el párrafo donde se dice que "en relación al desarrollo de los artículos 15.4 y 64.1 del Estatuto de los Trabajadores, el Gobierno por vía reglamentaria regulará". Los sindicatos no ponen inconveniente a que vaya en el preámbulo; sin embargo, la interpretación que hacen las dos partes es muy diferente.

Dos interpretaciones

El citado artículo 64.1 habla de las competencias del comité de empresa y, entre ellas, del derecho a recibir información del empresario. El artículo 15.4 establece que los empresarios habrán de notificar a los representantes de los trabajadores las modalidades de contratación por obra o servicio, los de sustitución por excedencia, lanzamiento de nueva ac tividad y los de temporada por circunstancias del mercado.

El Gobierno interpreta que ello delimita los contratos sujetos a control, mientras que los sindicatos aseguran que se trata de una simple referencia que permite desarrollar el derecho de información a través de una ley y que el punto central del acuerdo de enero es el que especifica la obligatoriedad del empresario de entregar "una copia básica de todos los contratos que deban celebrarse por escrito".

El dirigente ugetista José María Zufiaur asegura que el Ejecutivo "se ha inventado ese argumento ayer [por anteayer]" y que lo hablado en enero en la mesa negociadora era muy diferente Antonio Gutiérrez recordó que entonces se hicieron bromas al respecto y tuvieron una respuesta afirmativa del entonces ministro de Trabajo, Manuel Chaves, y de los representantes de la Administración cuando preguntaron: "¿Entonces, quedan sujetos todo tipo de contratos, incluso el de Miguel Boyer?"

Ese es el criterio recogido también por los sindicatos entre los expertos en Derecho del Trabajo, entre otras ocasiones, en un debate en el que participaron diez profesores de todas las universidades españolas, quienes no manifestaron dudas de que con el pacto de enero se desarrollaba el Estatuto de los Trabajadores y afectaba a todos los contratos, también a los indefinidos.

Otra discrepancia no resuelta ayer, y a la que también debe dar respuesta el Ejecutivo en el plazo de una semana, es la referida al contenido de la copia básica de los contratos que debe entregar el empresario a los representantes de los trabajadores.

Las centrales piden que se añada un párrafo donde se diga que en la copia del contrato a entregar los datos "deberán ser todos los comprendidos en el mismo [el contrato] a excepción del Documento Nacional de Identidad, el domicilio y el estado civil [del trabajador]". Sobre este punto, el ministro de Economía, Carlos Solchaga, manifestó que no tenían capacidad de decidirlo ayer mismo.

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