TRIBUNALES

Absueltos tres periodistas que informaron sobre un abogado condenado

La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la condena de un juez a tres periodistas por publicar una noticia que recogía opiniones desfavorables sobre un abogado condenado en su día por ofrecer la libertad de un preso por medios irregulares, y posteriormente absuelto. El tribunal admite que la información "hizo desmerecer al afectado en la consideración ajena", pero absuelve a los periodistas, porque se limitaron a publicar una noticia verdadera sobre hechos de reconocida trascendencia pública"'.

El origen de este caso fue la publicación en Diario 16 de una información sob...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la condena de un juez a tres periodistas por publicar una noticia que recogía opiniones desfavorables sobre un abogado condenado en su día por ofrecer la libertad de un preso por medios irregulares, y posteriormente absuelto. El tribunal admite que la información "hizo desmerecer al afectado en la consideración ajena", pero absuelve a los periodistas, porque se limitaron a publicar una noticia verdadera sobre hechos de reconocida trascendencia pública"'.

El origen de este caso fue la publicación en Diario 16 de una información sobre un homenaje realizado al magistrado Faustino Mollinedo, sometido a varios expedientes disciplinarios. Entre los asistentes al acto figuraba el abogado Emilio Palazuelos Fernández, condenado por estafa y después absuelto. La noticia sobre el homenaje hacía referencia al abogado Palazuelos, al señalar que "algunos de los letrados que participaron no son de la más brillante ejecutoria profesional".

El 8 de Julio de 1987 el juzgado de primera instancia número 5 de Madrid condenó a Diario 16 y a los periodistas Pedro José Ramírez, Melchor Miralles y José Macca -los tres entonces en Diario 16- a publicar la sentencia e indemnizar a Emilio Palazuelos con 100.000 pesetas por intromisión ilegítima en el honor delabogado.

"Trascendencia pública"

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, notificada ayer y de la que ha sido ponente el magistrado José Vicente Zapater, reconoce que la noticia, "aunque levemente, hizo desmerecer al afectado en la consideración ajena" y "sufrió detrimento en su ámbito social especialmente profesional". Sin embargo, el tribunal estima que "la divulgación de una noticia que afecta al honor del demandante" cede ante el derecho a la información, "dada la trascendencia pública de los hechos, en beneficio de los ciudadanos que, como entidad colectiva, son los titulares del primario derecho a recibir información veraz".

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