La Audiencia Nacional aplica un sistema inusual para designar a los magistrados que juzgarán a Amedo

La designación de los tres magistrados de la Audiencia Nacional que juzgarán al subcomisario José Amedo ha seguido un procedimiento inusual y extraño que en medios jurídicos de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo ha llegado a ser calificado como "forzado", aunque los expertos consultados no dudan de su legalidad. Los magistrados que juzgarán al presunto miembro de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) son Jerónimo Barnuevo -un juez ya jubilado-, José Antonio Jiménez-Alfaro y José Antonio Marañón. En teoría, sin embargo, debían haber sido otros los jueces del caso Amedo, según...

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La designación de los tres magistrados de la Audiencia Nacional que juzgarán al subcomisario José Amedo ha seguido un procedimiento inusual y extraño que en medios jurídicos de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo ha llegado a ser calificado como "forzado", aunque los expertos consultados no dudan de su legalidad. Los magistrados que juzgarán al presunto miembro de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) son Jerónimo Barnuevo -un juez ya jubilado-, José Antonio Jiménez-Alfaro y José Antonio Marañón. En teoría, sin embargo, debían haber sido otros los jueces del caso Amedo, según los expertos consultados.

Los magistrados que han instruido los dos sumarios del caso Amedo han sido Juan Manuel Orbe, como presidente de la sección tercera de la Sala de lo Penal, Roberto Hernández Hernández y Alfredo Vázquez. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no pueden ser los mismos magistrados los que instruyan los casos y posteriormente los juzguen, por lo que Orbe, Hernández y Vázquez debían ser sustituidos por otros magistrados que formaran el nuevo tribunal que tendrá como misión juzgar y dictar sentencia en esos procesos, en los que Amedo y el inspector Michel Domínguez están acusados, entre otros delitos, de siete asesinatos, uno de ellos consumado y los demás frustrados.

Deben abstenerse

De hecho, esa jurisprudencia obliga a los instructores a abstenerse de formar parte del tribunal juzgador y así lo hicieron Hernández y Vázquez nada más concluirse los dos sumarios abiertos contra presuntos miembros de los GAL, en los que figuran como procesados Amedo y el inspector Michel Domínguez. Por el contrario, el presidente Juan Manuel Orbe no se abstuvo, debido a que desde hace aproximadamente un año apenas acude a la sede de la Audiencia Nacional porque se encuentra de baja por enfermedad de forma intermitente.

Hace unos días, la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional ha designado a los miembros del tribunal juzgador, que estará integrado por Jiménez-Alfaro, Marañón y Barnuevo, todos ellos de ideología conservadora, según fuentes de la Audiencia. Estas fuentes precisaron que esa circunstancia no afecta en modo alguno a su independencia e imparcialidad, que está sobradamente contrastada.

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La metodología utilizada por esa Sala de Gobierno ha sido criticada en el seno de la Audiencia, y especialmente el hecho de que uno de los magistrados designado para un caso de tanta trascendencia sea un profesional como Barnuevo, de 72 años, ya jubilado, en un momento en el que hay suficientes magistrados en activo para ocupar puestos de ese tipo.

La entrada en el Tribunal del magistrado suplente Barnuevo, quien presidió la sección segunda de la Sala de lo Penal y se encuentra jubilado desde 1987, se ha producido, según fuentes del organismo, merced a una finta jurídica, aprovechando la casi continua baja por enfermedad del hasta ahora presidente del Tribunal, Juan Manuel Orbe. De entrada, la sustitución del presidente está regulada en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que establece: "Los presidentes de las Salas y de las Secciones serán sustituidos por el magistrado con mejor puesto en el escalafón de la sala o sección de que se trate".

Orbe, por tanto, sólo podía ser reemplazado por el único más antiguo que él, es decir, el presidente de la Sala, Alfonso Villagómez, quien además tiene categoría de magistrado del Tribunal Supremo. Sin embargo, Orbe, quien se jubila el próximo año y viene arrastrando bajas consecutivas a raíz de una trombosis cerebral, no se ha abstenido. Y en lugar de ser sustituido por Villagómez, conforme al artículo 209 de la LOPJ, se ha invocado el artículo 200 del mismo texto legal, que dice textualmente: "Podrá haber (...) una relación de magistrados suplentes que serán llamados, por su orden, a formar las salas en los casos en que, por circunstancias imprevistas y excepcionales, no puedan constituirse aquéllas".

De ahí la entrada de Barnuevo en el tribunal. No falta, sin embargo, quien considera que la enfermedad de Orbe fue un imprevisto hace ya tiempo, pero no ahora cuando ya lleva aproximadamente un año con largos períodos de baja.

Puede ser recusado

Fuentes solventes han indicado, que si Orbe se diera de alta antes de su jubilación, debería de abstenerse y, en caso de no hacerlo, podría ser recusado por alguna de las partes del proceso. En ese momento, Alfonso Villagómez tendría necesariamente que sustituir a Barnuevo en el Tribunal.

La sustitución de los otros dos magistrados no es menos polémica y cuestionada en la propia Audiencia Nacional (Ver información en la parte inferior de esta misma página). El nuevo tribunal tendrá que juzgar a Amedo y Domínguez, quienes fueron procesados por organizar atentados perpetrados por los GAL. Entre esos atentados figuran los cometidos contra los bares Batzoki y La Consolatian del sur de Francia y el crimen de Juan Carlos García Goena, prófugo del servicio militar.

Los dos agentes están acusados de siete asesinatos, uno de ellos consumado y los demás frustrados. El sumario en el que ambos están acusados de pertenecer a los GAL y de los atentados contra los citados bares fue concluido a finales de septiembre. El instruido por la muerte de García Goena se terminó la semana pasada.

La interpretación de la antigüedad decidió el tribunal

La sustitución de Juan Manuel Orbe para formar el tribunal que juzgará al subcomisario José Amedo y al inspector Michel Domínguez ha causado extrañeza en medios jurídicos. Pero no menos inusual, según las fuentes consultadas, ha sido el procedimiento empleado para designar a los otros dos magistrados del tribunal.Por lo que respecta a la sustitución de éstos, que no tienen rango de presidente de sección, existe un vacío en la ley. La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, bajo la presidencia de su titular, Fernando de Mateo, estableció una norma que ha resultado polémica. Este criterio es el siguiente: "Cuando un magistrado de la Sala de lo Penal se halle impedido legalmente para actuar, será sustituido por el magistrado que le siga en antigüedad dentro de la misma sala. Caso de que el magistrado en cuestión sea el más moderno en la Sala, será sustituido por el más antiguo en ésta, siguiéndose a continuación el anterior sistema establecido".

La polémica se ha desatado con la interpretación del concepto de antigüedad. Para el relevo de Hernández Hernández y Vázquez Ribera, la antigüedad ha sido tomada por la Sala de Gobierno de la Audiencia como el tiempo transcurrido desde la toma de posesión como magistrados de la Sala de lo Penal.

Este hecho ha sido considerado por algunos magistrados del Supremo y de la Audiencia Nacional como un dislate jurídico, ya que entienden que la antigüedad en todos los textos legales hace referencia a la que figura en el escalafón de la carrera judicial, y puntualizan que nunca se ha utilizado el período de pertenencia a la sala como pauta de antigüedad.

Hernández Hernández, de acuerdo con cualquiera de las dos interpretaciones, es sustituido por José Antonio Jiménez-Alfaro, de 58 años, magistrado que presidió el juicio por el síndrome tóxico.

Relevo problemático

El relevo de Vázquez es más problemático. La Sala de Gobierno, según su criterio, ha designado a José Antonio Marañón, de 58 años, magistrado de la sección primera. Sin embargo, de haber seguido el orden del escalafón, el elegido hubiera sido Francisco Javier Gómez de Liaño, de 41 años, sólidos conocimientos jurídicos e ideología progresista.

En medios jurídicos ha causado extrañeza el hecho de que la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional no haya recogido en su criterio para las sustituciones el espíritu del artículo 199 de la LOPJ que establece que, para completar los tribunales, debe designarse a los más modernos de entre los magistrados disponibles o libres de señalamiento.

Otras fuentes consultadas han destacado que más de un magistrado habría expresado su claro deseo de que no le correspondiese formar parte del tribunal que juzgue el caso Amedo, debido a que es un asunto que puede conllevar fuertes presiones desde sectores próximos al poder.

Pese a la polémica desatada con respecto al criterio empleado para designar a los miembros del tribunal, ninguna de las fuentes consultadas cuestiona la imparcialidad e independencia de los magistrados.

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