La salud ciudadana justifica la colegiación obligatoria de los médicos, según el alto tribunal

La colegiación obligatoria de los médicos, incluso de aquellos que sólo trabajan para la Administración Pública y no ejercen la profesión libremente, ha sido avalada por el Tribunal Constitucional, en una sentencia de su sala segunda. El alto tribunal justifica la obligación de colegiarse de todos los médicos en activo "en la concurrencia de valores y derechos constitucionales como la salud, la sanidad y la vida e integridad física de los ciudadanos, que están en juego con ocasión del ejercicio de la profesión médica".La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Álvaro Rodríguez Berei...

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La colegiación obligatoria de los médicos, incluso de aquellos que sólo trabajan para la Administración Pública y no ejercen la profesión libremente, ha sido avalada por el Tribunal Constitucional, en una sentencia de su sala segunda. El alto tribunal justifica la obligación de colegiarse de todos los médicos en activo "en la concurrencia de valores y derechos constitucionales como la salud, la sanidad y la vida e integridad física de los ciudadanos, que están en juego con ocasión del ejercicio de la profesión médica".La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Álvaro Rodríguez Bereijo, deniega el amparo solicitado por Justo Vialas Simón, neurólogo del hospital del Insalud de Badajoz, que consideró inconstitucional la colegiación obligatoria y dejó de pagar las cuotas colegiales. Vialas fue condenado judicialmente a abonarlas, por lo que pidió amparo al Tribunal Constitucional, ante el que alegó que resultaba discriminatorio obligarle a colegiarse, a diferencia de otros profesionales de la Administración.

La mayoría de la sala estima constitucional la exigencia legal de que los médicos se colegien, El alto tribunal razona que la existencia de profesiones tituladas cuyo ejercicio no exija la previa colegiación no implica desigualdad "por cuanto se refiere al régimen jurídico de profesiones distintas a la de médico". El magistrado Eugenio Díaz Eimil discrepa de la mayoría, por no estimar aplicable la colegiación obligatoria a quienes actuan exclusivamente en el ámbito de la función pública.

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