Varapalo al fiscal jefe

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eladio Escusol, que desde que sustituyó a su joven subordinado Ignacio Gordillo al frente de los casos relativos a los GAL se ha caracterizado por su tibieza, no formula sus peticiones al tribunal con un razonamiento mínimo en el que explique sus pretensiones. Eso le ha valido un varapalo de la Sección Tercera de lo Penal, que le ha denegado su petición de incorporar al sumario por el asesinato de Juan Carlos García Goena, en el que están procesados los policías José Amedo y Michel Domínguez, las investigaciones sobre las ex amantes de los policías. Esc...

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El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eladio Escusol, que desde que sustituyó a su joven subordinado Ignacio Gordillo al frente de los casos relativos a los GAL se ha caracterizado por su tibieza, no formula sus peticiones al tribunal con un razonamiento mínimo en el que explique sus pretensiones. Eso le ha valido un varapalo de la Sección Tercera de lo Penal, que le ha denegado su petición de incorporar al sumario por el asesinato de Juan Carlos García Goena, en el que están procesados los policías José Amedo y Michel Domínguez, las investigaciones sobre las ex amantes de los policías. Escusol, sin conocerlas, las había calificado de muy importantes.Las escuchas telefónicas a Inmaculada Gómez y María Ángeles Balsategui fueron ordenadas por el juez Garzón, al parecer para comprobar la denuncia efectuada por Amedo y Domínguez contra sus ex novias de ser los brazos de las represalias de ETA contra ellos. El juez investigó la posible existencia de un delito de colaboración con bandas armadas cometido por las ex amantes, pero al comprobar que no existían indicios de que las acusaciones de los policías fueran ciertas, decretó el archivo de las diligencias. Además las conversaciones mantenidas por las ex amantes de los agentes, lejos de demostrar que las mujeres habían mentido, llevaron al juez a la convicción de que decían la verdad, lo que pudo reforzar su postura al proponer al tribunal su procesamiento.

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El tribunal, al denegar la solicitud del fiscal de que las escuchas se unan al sumario, precisa que ha de rechazar tal petición, "a la vista de lo lacónico y concreto" de la misma, sin expresar, siquiera sucintamente la relación de las diligencias 232/89 con el sumario, ni su contenido.

Los magistrados destacan que la defensa de Amedo y Domínguez solicitó al juez una prueba similar que fue denegada tanto por éste como por la sala, por no venir razonada y explícita con relación a personas o hechos que guardaban relación con los que se depuran en el sumario por la muerte de García Goena.

Responsabilidad del Estado

El auto dictado ayer por la Audiencia Nacional no se pronuncia sobre la declaración del Estado como responsable civil subsidiario, que había sido solicitada por la acusación. Fuentes jurídicas han considerado "un simple olvido" este hecho, ya que, con el relato que figura en el auto de procesamiento, no cabe otra solución que acordar esa medida.

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El tribunal, al procesar a Amedo y a Domínguez por el asesinato de García Goena, señalaba: "En el presente procedimiento, las posibles responsabilidades que pudieran atribuirse al subcomisario de policía D. José Amedo Fouce y al inspector de policía D. Michel Domínguez Martínez, les serán exigidas en tanto en cuanto actuaron con ocasión del ejercicio de sus funciones". El texto judicial añadía que el caso debía ponerse en relación con,el sumario 1 / 88, del cual se desgajó, y en el que los agentes "se encuentran procesados por integrantes de una organización terrorista y otros delitos".

La declaración del Estado como responsable civil subsidiario fue problemática en el primer sumario abierto contra los policías. La petición fue formulada por la acusación popular, que no estaba capacitada para ello, por lo que fue anulada una vez concedida. Finalmente la responsabilidad del Estado quedó establecida por el tribunal cuando lo pidió la acusación particular.

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