TRIBUNALES

Una esposa recurre la decisión de que un padre alcohólico visite a su hija

T. A-C. C. ha solicitado el amparo del Tribunal Constitucional contra la ejecución de una sentencia de divorcio que, a pesar de encontrarse apelada, ha establecido un régimen de visitas entre una niña de siete años y un padre alcohólico. La recurrente alega que las resoluciones del Juzgado de Primera Instancia número 27 (familia) de Madrid han producido indefensión y han violado el derecho a la tutela judicial efectiva y ha pedido su suspensión mientras se resuelve el recurso.El origen de este caso fue la sentencia de divorcio dictada el 19 de enero de 1989 que, según A.-C. C., ha resultado le...

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T. A-C. C. ha solicitado el amparo del Tribunal Constitucional contra la ejecución de una sentencia de divorcio que, a pesar de encontrarse apelada, ha establecido un régimen de visitas entre una niña de siete años y un padre alcohólico. La recurrente alega que las resoluciones del Juzgado de Primera Instancia número 27 (familia) de Madrid han producido indefensión y han violado el derecho a la tutela judicial efectiva y ha pedido su suspensión mientras se resuelve el recurso.El origen de este caso fue la sentencia de divorcio dictada el 19 de enero de 1989 que, según A.-C. C., ha resultado lesiva para sus intereses, por ser contraria a su solicitud de privación de la patria potestad de su esposo y suspensión de las visitas a la hija de ambos. El recurso, elaborado por la abogada Ángela Cerrillo, expone como causa de esta petición el "alcoholisino grave" del marido, "que había originado graves perturbaciones a la menor". La letrada recuerda que durante el proceso no se practicó la prueba pericial psicológica, exigida legalmente.

Ante la ejecución de la sentencia, la recurrente invoca la ley de Enjuiciamiento Civil, según la cual "en ningún caso serán ejecutables provisionalmente las sentencias recaídas en juicios que versen sobre ( ... ) divorcio". El incumplimiento de este precepto, así como las resoluciones del mencionado juzgado de familia, son alegadas por la solicitante de amparo como productoras de indefensión y violadoras del derecho a la tutela judicial.

La recurrente califica de "inexplicable la actitud del juzgado número 27" y pide que, mientras se tramita el recurso de amparo, se suspenda la ejecución provisional de la sentencia, "por cuanto dicha ejecución haría perder al amparo su finalidad". El problema de la ejecución rutinaria por los juzgados de familia de Madrid de las sentencias apeladas fue ya planteado la semana pasada por Antonio Fernández Cuevas, quien presentó una querella por presunta prevaricación contra el juez de familia Ramón Belo, por haber ejecutado una sentencia de divorcio apelada.

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