Absueltos de violacion dos jovenes por presunta "vida licenciosa" de la víctima,

" Audiencia de Pontevedra ha absuelto de violación a dos procesados que yacieron con una joven que se encontraba bebida y la abandonaron en un bosque. La sala argumenta que se trata de "una chica casada, aunque separada, y por eso con experiencia sexual"; de "vida licenciosa, por "carecer de domicilio fijo" y estar sola en una discoteca, y que se sentó en el coche entre los dos hombres, "en disposición de ser usada sexualmente".

El origen de esta sentencia, firmada el pasado 27 de febrero y notificada ayer, fue la denuncia formulada por M. D. G. R., de 22 años, contra Ramiro Álvarez Cas...

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" Audiencia de Pontevedra ha absuelto de violación a dos procesados que yacieron con una joven que se encontraba bebida y la abandonaron en un bosque. La sala argumenta que se trata de "una chica casada, aunque separada, y por eso con experiencia sexual"; de "vida licenciosa, por "carecer de domicilio fijo" y estar sola en una discoteca, y que se sentó en el coche entre los dos hombres, "en disposición de ser usada sexualmente".

El origen de esta sentencia, firmada el pasado 27 de febrero y notificada ayer, fue la denuncia formulada por M. D. G. R., de 22 años, contra Ramiro Álvarez Castro, de 23 años, empleado, y José García Rodríguez, de 24 años, panadero. Luciano Varela, juez de instrucción de Pontevedra, investigó los hechos y procesó a los dos jóvenes por creer que la chica fue violada cuando existían signos inequívocos de encontrarse bebida.Los los acusados, de estado casados, negaron inicialmente incluso haber mantenido relación sexual con la denunciante, pero fueron identificados al haber sido interceptado por la Guardia Civil el vehículo en el que viajaban los tres jóvenes y que, por tratarse de una furgoneta habilitada sólo para el conductor y un pasajero, fue denunciada por los agentes. El fiscal calificó, los hechos de violación y pidió para los: dos procesados 12 años de cárcel y dos millones de pesetas de indemnización.

La sentencia declara probado que en la madrugada del 15 de mayo de 1988 los dos procesados trabaron conversación en una discoteca con M. D. G. R., quien aceptó subir al vehículo con ellos y que, al llegar a una zona de bosque, "yacieron ambos con ella" y la. abandonaron.

En los fundamentos jurídicos de la sentencia, de la que ha sido ponente Gustavo Troncoso Facorro, de 63 años, aunque "se aprecia la realidad de los actos de ayuntamiento carnal realizados", las circunstancias personales de la ofendida y las objetivas del caso "hacen dudar a la sala de que hubiese mediado fuerza o intimidación".

"En disposición de ser usada"

Aparte de la condición de casada de la denunciante, la sentencia aduce que "mantiene una vida licenciosa y desordenada, como revela,el carecer de domicilio fijo, encontrándose sola en una discoteca a altas horas de la madrugada, después de haber ingerido bebidas alcohólicas". Resalta que la joven se prestó "a viajar en el vehículo de unos desconocidos ( ... ), haciéndolo entre ambos en el asiento delantero y poniéndose así, sin la menor oposición", matiza el tribunal, "en disposición de ser usada sexualmente en horas de la noche y en el lugar solitario al que hasta entonces, cuando menos, llegó, según dijo, sin oponer resistencia o reparo alguno". La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial examinará el próximo martes esta sentencia, por si la conducta de los magistrados pudiera ser objeto de sanción.

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