ELECCIONES AUTONÓMICAS EN CATALUÑA

El modelo catalán en la España autonómica

Diversas comunidades se han inspirado para elaborar sus leyes en normas aprobadas en Cataluña

La Generalitat no ha propiciado la exportación de sus iniciativas normativas y de gestión al resto de las 17 comunidades autónomas existentes en España, lo que no implica que la contribución de Cataluña al desarrollo del llamado Estado de las autonomías presente un saldo negativo. En sus relaciones con las restantes comunidades autónomas, las instituciones gobernadas por CiU han evitado dar una imagen de prepotencia y, excepto en casos aislados de interés común, han adoptado una actitud pasiva, limitándose a cumplir con las más elementales normas de cortesía institucional. Pese a ello, algunos...

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La Generalitat no ha propiciado la exportación de sus iniciativas normativas y de gestión al resto de las 17 comunidades autónomas existentes en España, lo que no implica que la contribución de Cataluña al desarrollo del llamado Estado de las autonomías presente un saldo negativo. En sus relaciones con las restantes comunidades autónomas, las instituciones gobernadas por CiU han evitado dar una imagen de prepotencia y, excepto en casos aislados de interés común, han adoptado una actitud pasiva, limitándose a cumplir con las más elementales normas de cortesía institucional. Pese a ello, algunos de los reglamentos y leyes aprobadas por el Parlamento catalán, especialmente las de carácter básico o institucional, han sido utilizadas por otras comunidades en la elaboración de sus propias normas.

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La asunción de iniciativas catalanas por otras comunidades autónomas no se debe, en ningún caso, a un reconocimiento de inferioridad ni a que a la Generalitat, atendiendo a las peculiaridades históricas, culturales y lingüísticas de Cataluña, se le haya otorgado, ni haya querido arrogarse, cualquier función de liderazgo, según coincidieron en señalar dos altos cargos de la Administración catalana.Sin embargo, esas peculiaridades sí fueron determinantes para que el País Vasco primero y Cataluña después accedieran a la autonomía antes que las restantes nacionalidades y regiones de España. Y es ese adelanto en la recuperación de las instituciones de autogobierno el que ha propiciado el interés o la consulta del resto de las comunidades autonómas para conocer los medios normativos y de gestión de que se ha dotado Cataluña para gestionar su autonomía.

Evaluar con precisión en qué medida Cataluña ha sido utilizada como modelo por otras comunidades autónomas es casi imposible. Ninguna de las instituciones u organismos dependientes de la Generalitat ha realizado, por ejemplo, un estudio comparado de la legislación emanada de las restantes autonomías. En estas condiciones, la mencionada evaluación sólo es posible a partir de las relaciones que los distintos departamentos mantienen con los que gestionan idénticas competencias en otras comunidades. Los ejemplos de una mayor identidad de criterios o de coincidencia -la Generalitat se niega a utilizar el término cópia- se dan en la denominadas leyes institucionales o de desarrollo estaturario, como la del Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo) o la de creación del Consell Consultiu (Canarias dispone de un órgano consultivo semejante), entre otras.

La Administración catalana se resiste a que se la cite como ejemplo o que se le atribuya una función de liderazgo en el desarrollo del Estado de las autonomías.

De la misma forma que otras comunidades han solicitado información, la institución autonómica catalana se ha interesado, entre otras, por las leyes electorales aprobadas por los Parlamentos del País Vasco y de la comunidad autónoma de Valencia. Estos textos serán utilizados como documentos de consulta en la elaboración de la ley electoral catalana, cuya aprobación instará CiU en la próxima legislatura.

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Sucede incluso que, si las competencias que le otorga el Estatut lo hubieran permitido, la Generalitat no habría tenido ningún recato en aplicar modelos normativos adoptados por otras comunidades, como el que rige la policía autonómica vasca, según varios altos cargos consultados. La prudencia de que hacen gala los políticos al referirse a las relaciones entre Cataluña y las restantes autonomías contrasta con la satisfacción de los profesionales vinculados a la Administración, que no logran ocultar un cierto orgullo al informar de que las soluciones técnicas, jurídicas o económicas que han sugerido a las autoridades catalanas han sido aplicadas en otras autonomías.

Entre las normas no estatutarias que han sido utilizadas, o al menos consultadas con interés por otras comunidades, destaca la ley de normalización lingüística. La directora general del ramo, Aina Moll, "hace más bolos que nadie", señalan en el Departamento de Cultura para explicar el interés que la mencionada ley ha despertado en Galicia, País Vasco, Valencia y Baleares. Las leyes de Bibliotecas y de Archivos también han suscitado un notable interés en Valencia y Aragón, según las mismas fuentes.

Legislación urbanística

En el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas se sienten especialmente satisfechos por que Cataluña ha sido la primera comunidad autónoma en legislar en materia urbanística. El protocolo sobre la aplicación de la ley estatal del Suelo firmado por la Administración catalana y los notarios y registradores de la propiedad y la ley de Protección de la Legalidad Urbanística han sido utilizadas en su filosofía e incluso literalmente en algunas de sus partes por otras autonomías.

Desde el Departamento de Gobernación se ha informado de las normas y reglamentos catalanes sobre el juego a Valencia y Baleares, mientras que Galicia se ha interesado por los aspectos relacionados con la seguridad, como el funcionamiento de los Mossos d'Esquadra y la coordinación de las policías locales. En estos últimos, casos, la ayuda facilitada por Cataluña ha sido meramente informativa, ya que la propia Administración catalana considera que los modelos normativos de que dispone actualmente han quedado obsoletos.

Existen otras normas, come, el reglamento sobre parques, acuáticos o la ley de Protección de los Animales, que han despertado notable interés, ya que hasta ahora ninguna de las restantes autonomías, ni la propia Administración central, había legislado sobre estas materias.

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