COMUNICACIÓN

Cinco puntos básicos

J. M. C. La normativa sobre Televisión sin fronteras se basa en cinco puntos. El primero es la imposibilidad de prohibir el acceso en el interior de un país comunitario a los programas televisivos emitidos desde otros Estados de la CE -prohibición que se daba hasta ahora en algunos países de la Comunidad-, siempre y cuando se mantengan dentro de lo fijado en la directiva.

El segundo es la fijación de unas cuotas mínimas de producción de programas comunitarios que preserve el mercado europeo frente a la invasión de espacios televisivos procedentes del exterior. La directiva sobre ...

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J. M. C. La normativa sobre Televisión sin fronteras se basa en cinco puntos. El primero es la imposibilidad de prohibir el acceso en el interior de un país comunitario a los programas televisivos emitidos desde otros Estados de la CE -prohibición que se daba hasta ahora en algunos países de la Comunidad-, siempre y cuando se mantengan dentro de lo fijado en la directiva.

El segundo es la fijación de unas cuotas mínimas de producción de programas comunitarios que preserve el mercado europeo frente a la invasión de espacios televisivos procedentes del exterior. La directiva sobre Televisión sin fronteras también contempla una regulación respecto a la presencia publicitaria en las emisiones -se marca un tope de tiempo de espacios publicitarios equivalente al 15% de la programación total y no podrá superar nunca el 18%, por hora-, la estructuración de un organismo de arbitraje que resuelva los posibles conflictos que surjan de la aplicación de los derechos de autor y, por último, medidas dirigidas a la protección del público infantil y juvenil.

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