TRIBUNALES

El alcalde de Jerez cumplió con su deber al criticar a la justicia, según su abogado

Manuel Cobo del Rosal, abogado del alcalde de Jerez, Pedro Pacheco, alegó ayer ante el Supremo que su defendido cumplió con su deber de ejercer la critica política cuando afirmó que la justicia es un cachondeo y favorece a los ricos". La Sala Segunda del Tribunal Supremo estudió ayer el recurso presentado por Pacheco, contra la sentencia de la Audienda Territorial de Sevilla -constituida en Tribunal Superior de Justicia de Andalucía- que le condenó a seis años y un día de inhabilitación para cargo público, dos meses y un día de arresto y multa de 50.000 pesetas por un delito de desacato.
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Manuel Cobo del Rosal, abogado del alcalde de Jerez, Pedro Pacheco, alegó ayer ante el Supremo que su defendido cumplió con su deber de ejercer la critica política cuando afirmó que la justicia es un cachondeo y favorece a los ricos". La Sala Segunda del Tribunal Supremo estudió ayer el recurso presentado por Pacheco, contra la sentencia de la Audienda Territorial de Sevilla -constituida en Tribunal Superior de Justicia de Andalucía- que le condenó a seis años y un día de inhabilitación para cargo público, dos meses y un día de arresto y multa de 50.000 pesetas por un delito de desacato.

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El caso tiene su origen en una inspección del Ayuntamiento de Jerez que presentó denuncias e instó el derribo de 30 edificaciones ilegales, de las que 25 ya fueron demolidas. El cantante Bertín Osborne consiguió que la Audiencia de Sevilla paralizara el derribo de su chalé que era uno de los cinco edificios restantes.Pacheco, parlamentario andaluz por el Partido Andalucista, manifestó textualmente a raíz de esa decisión: "La gente dirá que la justicia es un cachondeo y favorece a los ricos, y yo tengo que darles la razón. Que se investiguen connivencias y complacencias entre los magistrados de Sevilla y los abogados de Bertín".

El 9 de diciembre de 1986 fue condenado por desacato por el pleno de la Audiencia de Sevilla.

Pacheco, según su defensor, no superó los límites del derecho al honor, sino que cumplió con su deber de informar y de hacer crítica política.

El abogado dijo que en la tensión existente entre la libertad de expresión y el derecho al honor debe haber ponderación, pero con preferencia al primero de los derechos.

Agregó que Pacheco no acu só a las autoridades de prevaricación, sino que pedía una investigación.

No es superior

Cobo precisé que la Audiencia de Sevilla se había equivocado al apreciar la pruebas presenta das, ya que Pacheco no tenía animo de injuriar a los magis trados, sino de informar, y recogía el clamor popular por la discriminación en el tratamien to dado a unos propietarios y a otros, ya que mientras la Audiencia impedía el derribo del chalé de Bertín Osborne, una sala del Tribunal Supremo había autorizado el derribo de un edificio similar propiedad de Luis Ramírez. El abogado pidió también la nulidad de actuaciones porque la Audiencia de Sevilla no pidió el plácet al Parlamento andaluz para procesar a Pacheco. Además señaló que, en todo caso, el alcalde tendría que haber sido juzgado por la Audiencia de Granada, que es el lugar donde el Parlamento andaluz ha fijado la sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.El fiscal José Julián Hernández Guijarro impugnó los motivos expuestos por la defensa de Pacheco alegando que el derecho a la libertad de expresión no es superior al del honor, pues ambos están recogidos en la Constitución. Añadió que el ánimo de injuriar en Pacheco estaba claro, no sólo por la frase de que la justicia es un cachondeo, sino por las descalificaciones posteriores que hizo. Pacheco, dijo el fiscal, es un letrado, conoce el derecho y ejerce un cargo público, y, por tanto, intentó inferir un daño al bien jurídico del honor. El fiscal negó que el alcalde, al hacer las declaraciones, estuviera cumpliendo con su deber, y agregó que cuando las hizo no actuó por equivocación.

Respecto al distinto tratamiento sufrido por el recurso de Bertín Osborne y los de otros propietarios, el fiscal explicó que los recursos no eran idénticos, y que,en cualquier caso, no tenían. repercusión en la condena de Pacheco.

Inmunidad

El representante del ministerio público negó que la Audiencia de Sevilla hubiera tenido que pedir autorización al Parlamento andaluz parajuzgar a Pacheco, por similitud con los diputados de las Cortes, porque, a su entender, esa medida no pretende la igualdad, sino la extensión del número de desiguales.También rechazó que fuera la Audiencia de Granada la competente para juzgar los hechos, puesto que el Supremo resolvió en 1985 que cuando haya dos audiencias territoriales en una comunidad autónoma, actuará como Tribunal Superior de Justicia la que esté más próxima al lugar en el que se cometió el delito.

Antes del juicio, representantes de la Plataforma Cívica de Jerez, integrada por partidos políticos, sindicatos, asociaciones de vecinos y grupos culturales, ecologistas y de consumidores, entre otros, entregaron un escrito al tribunal en el que pidieron la absolución de Pacheco.

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