Justicia elabora un proyecto para despenalizar el accidente de tráfico leve

Desde finales del pasado mes de julio, el Ministerio de Justicia tiene en su poder un borrador para reformar el artículo 600 del Código Penal, que comportaría la despenalización del accidente de tráfico leve, según medios jurídicos. Con esta modificación se lograrían dos objetivos prioritarios: descongestionar los juzgados por la vía de sustraerles la competencia sobre este tipo de accidentes y adecuar la legislación a la de los países de la Comunidad Europea (CE).

La existencia de este borrador ha sido confirmada oficiosamente por un portavoz del Ministerio de Justicia, quien asegura q...

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Desde finales del pasado mes de julio, el Ministerio de Justicia tiene en su poder un borrador para reformar el artículo 600 del Código Penal, que comportaría la despenalización del accidente de tráfico leve, según medios jurídicos. Con esta modificación se lograrían dos objetivos prioritarios: descongestionar los juzgados por la vía de sustraerles la competencia sobre este tipo de accidentes y adecuar la legislación a la de los países de la Comunidad Europea (CE).

La existencia de este borrador ha sido confirmada oficiosamente por un portavoz del Ministerio de Justicia, quien asegura que desde hace tiempo existe por parte del Gobierno la voluntad política de despenalizar el accidente de tráfico leve, aunque todavía no se han acabado de solucionar los problemas técnicos que comportaría la medida. La reforma de este artículo del Código Penal conllevaría también, paralelamente, la despenalización de los daños producidos involuntariamente en las cosas, como por ejemplo los destrozos involuntarios en las viviendas de los vecinos o los perjuicios que puede causar la caída de cualquier objeto desde un piso a la calle, siempre que sus repercusiones fueran de carácter leve.Esta reforma del Código Penal no significará en sentido estricto una despenalización total del accidente de tráfico, según el portavoz del ministerio. Se continuarán juzgando en los tribunales penales aquellas accidentes en los que se produzcan daños en las personas o en los que se presuma una conducta dolosa por parte del conductor. En los demás casos, las atribuciones sancionadoras, recaerán probablemente sobre los ayuntamientos o la Guardia Civil.

Las funciones que actualmente vienen realizando los tribunales penales, como establecer y controlar el pago de las indemnizaciones de los accidentados, las dirimirán las mismas compañías aseguradoras a través de unos tribunales u organismos de conciliación y arbitraje específicos. La introducción en España del denominado "parte europeo", mediante el cual la compañía aseguradora adelante el dinero de la indemnización a su asegurado accidentado mientras ella negocia con la parte contraria el abono de la compensación económica, podría -en opinión de los técnicos- solucionar uno de los aspectos más conflictivos de esta materia.

Sectores sociales, políticos y profesionales han reivindicado en los últimos años la despenalización del accidente leve de tráfico y la reforma del Código Penal en este punto.

La petición más insistente ha sido la que han venido planteando la UNESPA, patronal del seguro, que engloba a la practica totalidad de compañías aseguradoras de España. Fernando Ezquerra, uno de los responsables de la patronal del seguro, afirma que aproximadamente un 80% de las causas que se tramitan en los juzgados de distrito de las ciudades importantes son temas relativos a accidentes de tráfico, según sus cálculos, y que una reforma del artículo 600 del Código Penal en el sentido de lo indicado significaría detraer del ámbito judicial el 60% de estos temas.

Sin embargo, se mostró crítico respecto a la forma en que se está gestando la reforma. También se muestra crítico el sector mayoritario de los abogados vinculados a las compañías aseguradoras. Para estos profesionales, la actual instancia penal y el procedimiento de faltas es una fórmula que garantiza la solución de estos conflictos de una manera agil y sin excesivas dilaciones.

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