El Congreso ampara a Herrero de Miñón y se inhibe con Castellano

La Comisión del Estatuto del Diputado del Congreso negó ayer la autorización solicitada por el Tribunal Supremo para iniciar diligencias contra el portavoz del Grupo Popular, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, bajo el amparo de la inviolabilidad parlamentaria. Por el contrario, esta comisión, presidida por el socialista Álvaro Cuesta, se inhibió ante la presentación de otro suplicatorio contra Pablo Castellano, vocal del Consejo General del Poder Judicial. La Asociación Profesional de la Magistratura, de signo conservador, demandó a Castellano por considerar que algunas de sus manifestacione...

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La Comisión del Estatuto del Diputado del Congreso negó ayer la autorización solicitada por el Tribunal Supremo para iniciar diligencias contra el portavoz del Grupo Popular, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, bajo el amparo de la inviolabilidad parlamentaria. Por el contrario, esta comisión, presidida por el socialista Álvaro Cuesta, se inhibió ante la presentación de otro suplicatorio contra Pablo Castellano, vocal del Consejo General del Poder Judicial. La Asociación Profesional de la Magistratura, de signo conservador, demandó a Castellano por considerar que algunas de sus manifestaciones, realizadas cuando era diputado, eran injuriosas para los jueces.Los tribunales condenaron a Castellano a la publicación de la sentencia en los medios de comunicación de mayor repercusión, sentencia que el interesado ha recurrido. Herrero de Miñón fue demandado por la Diputación Provincial de Valladolid ante unas declaraciones del diputado en las que denunciaba gastos superfluos originados por ese organismo provincial. La Comisión del Estatuto del Diputado ha rechazado el suplicatorio del Tribunal Supremo al considerar que las declaraciones de Herrero entran dentro del ámbito normal de sus funciones y del lógico juego político.

En el caso de Castellano la asociación conservadora de la magistratura invocó la ley sobre protección del derecho al honor y a la propia imagen, dado que con ella no tendrían que requerir autorízación del Parlamento para el procesamiento. Una modificación posterior de esta ley incluyó la necesidad de presentar suplicatorio y entonces ya se había dictado sentencia condenatoria para Castellano y éste había recurrido. Ahora el Supremo ha presentado suplicatorio para estudiar el recurso, y el Congreso se inhibe.

Castellano había escrito a la comisión, como es preceptivo, pidiendo a sus miembros que accedieran a la solicitud ante su deseo de defenderse de la condena. Por el contrario, Herrero de Miñón solicitó expresamente de la comisión que le amparara y no le dejara en manos de la justicia.

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