El Supremo absuelve a los dos jueces implicados en la liberación de Bardellino

La Sala Segunda del Tribunal Supremo absolvió ayer a los magistrados Jaime Rodríguez Hermida y Ricardo Varón Cohos, así como a la amiga del primero, Josefa Suárez Peral, la Pepa, del delito de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) del que estaban acusados por la puesta en libertad provisional del jefe de la Camorra napolitana Antonio Bardellino, Tonino. La deliberación del tribunal se resolvió por tres votos a favor de la absolución y dos en contra. Los tres magistrados del alto tribunal consideraron que la puesta en libertad de Bardellino no constituyó delito alguno y que la a...

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo absolvió ayer a los magistrados Jaime Rodríguez Hermida y Ricardo Varón Cohos, así como a la amiga del primero, Josefa Suárez Peral, la Pepa, del delito de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) del que estaban acusados por la puesta en libertad provisional del jefe de la Camorra napolitana Antonio Bardellino, Tonino. La deliberación del tribunal se resolvió por tres votos a favor de la absolución y dos en contra. Los tres magistrados del alto tribunal consideraron que la puesta en libertad de Bardellino no constituyó delito alguno y que la actuación del juez Varón Cobos fue perfectamente legal, por lo que, en consecuencia, la intervención de losotros dos procesados no podía ser considerada como delictiva.

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Contra esta sentencia del Supremo no cabe recurso alguno, y la única posibilidad de una sanción contra los magistrados radica en la reapertura del expediente disciplinario que fue incoado por el Consejo General del Poder Judicial y que quedó paralizado cuando el fiscal presentó la querella contra los dos Jueces.Los magistrados José Hijas Palacios, presidente del tribunal, Antonio Huerta Álvarez de Lara y Fernando Cotta Márquez de Prado, de ideología conservadora, votaron mayoritariamente a favor de la absolución de sus compañeros. Se da. la circunstancia de que éste fue el último case, que celebró Hijas, pues ayer fue: publicado en el BOE su cese por jubilación al haber cumplido la edad reglamentaria de 70 años. Una muy alta fuente jurídica comentó al conocer la sentencia: "No se puede poner a presidir un juicio de estas caracteristicas a una persona que se jubila al día. siguiente".

Luis Vivas Marzal y Juan Latour Brotons son los dos magistrados que, formularon voto particular por disentir del contenido de la sentencia y entender que se había producido delito de prevaricación. Estos dos rnagistrados apuntan en el relato dehechos probados de su resolución que Josefa Suárez recibió cinco millones por sus buenos oficios y el magistrado Hermida alertó al mafioso Bardellino para que pudiera fugarse. (Este voto particular se explica detalladamente en la. columna de al lado.)

Liberación correcta

En el relato de hechos probados de la sentencia se señala que Antonio Bardellino era considerado peligroso por la pollicía, pero que en la solicitud de extradición formulada por las autoridiades italianas se habían retirado las acusaciones de homicidio, robo a mano armada y tenencia ilícita de armas y explosivos. Por eso Varón Cobos decretó, su libertad provisional, bajo fianza de cinco milllones de pesetas, "medida que adoptó después de estudiar el expediente y por estimarla correcta, atendiendo el ruego que en tal sentido le hizo el también procesado Jaime Rodríguez Hermida, magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, a quien se lo había interesado así, a su vez, la otra procesada, Josefa Suárez Peral, con la que tenía relaciones de amistad muy estrellas".

El tribunal omite toda referencia al dinero empleado en la operación, a los motivos del interés de Josefa Suárez y de Rodríguez Hermida en la libertaddel delincuente, ni a las advertencias hechas al juez Varón por un oficial de su juzgado sobre la peligrosidad del mafioso y el agravio comparativo que suponía que Bardellino fuera puesto en libertad y no su lugarteniente, Raffaele Scarnato. Salvados estos detalles, el Supremo señala que la actuación del magistrado de la Audiencia Nacional fue correcta. "Resulta claro", dice la sentencia, "que el auto que se tacha de injusto por el ministerio fiscal y por el que el señor Varón Cobos modificó la situación de prisión incondicional de Antonio Bardellino sustituyéndola por la de libertad con fianza no es resolución injusta desde el punto de vista legal, ya, que, de una parte, estaba autorizado a hacer lo que hizo ( ... ) siendo, de destacar, por otra parte, la legalidad del auto de libertad dictado".

La sentencia precisa también que "las excusas con que dicho señor juez (se refiere a Varón Cobos) ha defendido sus actos, no contradichas por la prueba practicada e imposibles, de desvirtuar con el examen de su propio comportamiento, son suficiente demostración de que tal autoridad judicial no procedió con malicia".

Omisiones

El Supremo recalca que Bardellino fue puesto en libertad con fianza de cinco millones de pesetas, que es la segunda fianza más alta de las exigidas en los juzgados de la Audiencia Nacional, y que, aunque luego el reclamado se escapó, su puesta en libertad fue legal y el juez Varón Cobos tiene que ser absuelto. La sentencia razona, omitiendo toda referencia al comportamiento de Josefa Suárez o a los motivos y métodos de Rodríguez Hermida para intereeder ante Varón, que si el juez que pluso en libertad a Bardellino no cometió delito, tampoco pudieron cometerlo quienes no tenían posibilidad de decisión sobre su libertad.

Los magistrados reconocen que los hechos del caso Bardellino fueron "debida y oportunamente, denunciados por los medios de comunicación social en uso del derecho y obligación que les asiste y tienen".

El dinero que nunca existió

Lo que no está en los hechos probados de las sentencias no ha existido, según lo que se enseña en las facultades de Derecho. Los cinco millones de pesetas que figuraban en la cuenta corriente abierta por Josefa Suárez, la Pepa, y que, según una testigo, procedían del dinero que le había entregado Rita de Vita, compañera de Bardellino, para conseguir la libertad del jefe de la Camorra, no constan en la sentencia del alto tribunal, luego no existieron. Incluso el fiscal no debió de darse cuenta de que ese dinero no existió, ya que pidió al tribunal que fuera intervenido.

Los 3.400.000 pesetas que ingresó en su cuenta Luis Plana, el Catalán, tampoco constan en la sentencia.- La compañera del lugarteniente de Bardellino afirmó en el juicio que el Catalán recibió la tercera parte de 10 millones de pesetas a cambio de sus servicios de intermediario en la libertad de Tonino, pero debió de volverse loca porque el dinero no existió.

La pulsera de oro con dibujo de herradura comprada en una joyería de la Gran Vía, que costó 170.000 pesetas y que fue entregada a uno de los jueces en el curso de una cena, tampoco consta en la sentencia. La misma testigo, Encarnación Reaño, fue a comprarla personalmente junto con la compañera de Bardellino, quien le manifestó que se la había hecho llegar a uno de los magistrados en agradecimiento, pero su locura era evidente porque la pulsera no existió.

El Tribunal Supremo es la instancia superior de la justicia y, por ende, la más cualificada, por lo que cabría preguntarse si asistió el tribunal al mismo juicio.

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