Cartas al director

La angustia de los pensionistas

A partir de 1985, por el cúmulo de expedientes de jubilación a tramitar por la Seguridad Social, el pensionista no puede cobrar su pensión hasta pasados seis meses, y en algunos casos se prolonga hasta los ocho meses.Es de dominio público que una gran mayoría de españoles viven exclusivamente del salario que reciben mensualmente.

Una vez que la percepción del salario cesa por habérsele concedido la jubilación, ¿se figura la angustia del pensionista al prolongarse tan dilatadamente la no percepción de su pensión?

Pregunto: ¿no podría la Administración, ante el gran número de exped...

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A partir de 1985, por el cúmulo de expedientes de jubilación a tramitar por la Seguridad Social, el pensionista no puede cobrar su pensión hasta pasados seis meses, y en algunos casos se prolonga hasta los ocho meses.Es de dominio público que una gran mayoría de españoles viven exclusivamente del salario que reciben mensualmente.

Una vez que la percepción del salario cesa por habérsele concedido la jubilación, ¿se figura la angustia del pensionista al prolongarse tan dilatadamente la no percepción de su pensión?

Pregunto: ¿no podría la Administración, ante el gran número de expedientes a tramitar en el momento actual, aligerar este trámite poniendo más medios para conseguirlo?

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Lo que de ninguna manera debe ocurrir es que el pensionista, al final de su vida laboral, esté sometido a esta tensión y perjuicio.-

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