Polémica sobre el aumento de la presión fiscal en Madrid

Se aplicará sobre la cantidad a pagar antes de descontar las retenciones

La aplicación del recargo del 3% en el IRPF sobre la cuota líquida de la declaración de la renta, implica que el aumento se realiza una vez efectuadas las deducciones familiares de la cuota íntegra a pagar, pero antes de incluir en ellas las retenciones en la nómina del trabajador a lo largo del año. Se efectuará de la siguiente forma: aplicación de la tarifa correspondiente sobre la base imponible, lo que da la cuota íntegra. Aquí se deducen los gastos sobre: familia, enfermedad, profesionales, seguros, inversiones extraordinarias no suntuarias, vivienda y el 1% del impuesto sobre el rendimie...

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La aplicación del recargo del 3% en el IRPF sobre la cuota líquida de la declaración de la renta, implica que el aumento se realiza una vez efectuadas las deducciones familiares de la cuota íntegra a pagar, pero antes de incluir en ellas las retenciones en la nómina del trabajador a lo largo del año. Se efectuará de la siguiente forma: aplicación de la tarifa correspondiente sobre la base imponible, lo que da la cuota íntegra. Aquí se deducen los gastos sobre: familia, enfermedad, profesionales, seguros, inversiones extraordinarias no suntuarias, vivienda y el 1% del impuesto sobre el rendimiento del trabajo personal (IRT). Esto es la cuota líquida a pagar. Aquí se incrementa el 3%. Del resultado se deducen las retenciones efectuadas en la nómina del ciudadano, tras lo que la declaración sale positiva o negativa.

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