El juez desestima la demanda de rectificación interpuesta por Pedro Tena contra EL PAIS

El juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Madrid, ha desestimado la demanda formulada contra Juan Luis Cebrián, director de EL PAIS, por el director general de Aviación Civil, Pedro Tena, quien pretendía rectificar opiniones vertidas en un editorial y el contenido de una información, publicados el 18 de junio de este año bajo el título "Iberia, en picado" y "Aviación Civil proporcionó a un periódico de EE UU información que perjudicaba a la compañía Iberia".

Tena ha sido condenado a pagar las costas del juicio. Él juez Enrique Carreras estima en su sentencia que no ca...

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El juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Madrid, ha desestimado la demanda formulada contra Juan Luis Cebrián, director de EL PAIS, por el director general de Aviación Civil, Pedro Tena, quien pretendía rectificar opiniones vertidas en un editorial y el contenido de una información, publicados el 18 de junio de este año bajo el título "Iberia, en picado" y "Aviación Civil proporcionó a un periódico de EE UU información que perjudicaba a la compañía Iberia".

Tena ha sido condenado a pagar las costas del juicio. Él juez Enrique Carreras estima en su sentencia que no cabe la rectificación pretendida por Tena, porque no se ajusta a los hechos de la información y expresa en cambio juicios de valor y porque es lícita la crítica a los funcionarios públicos.La primera de las pretensiones de Pedro Tena era la de rectificar la opinión expresada en el editorial de que "resulta chocante que en un contexto como el que atraviesa la compañía de bandera de nuestro país (se refiere a Iberia), el colectivo de pilotos organice una huelga indefinida y los responsables del ministerio de Transportes continúen sus ajustes de cuentas particulares con los tripulantes de los aviones, mientras el principio de autoridad ha llevado a tapar políticamente eventuales responsabilidades en los accidentes aéreos de Barajas del pasado año".

El juez estima que la rectificación ha de limitarse a los hechos de la información que se pretende rectificar, hechos que no se mencionan en la carta (enviada por Tena al director de EL PAIS), que se limita a expresar juicios de valor", y cita entre ellos la consideración que hace Tena de que existe animus injuriandi personal del periódico, o la afirmación de que la Dirección General de Aviación Civil no ajusta cuentas contra persona alguna del medio aeronáutico". En cuanto a si existe o no animus injuriandi el juez afirma que no puede ser tenido en cuenta en este procedimiento, que debe limitarse exclusivamente a la recficación.

Un editorial

El juez considera lícita la crítica a la actuación de los funcionarios públicos, cualquiera que sea su categoría, si bien debe contenerse dentro del respeto que merecen los cargos, y añade que en este caso de autos el editorial no ataca concretamente al demandante, sino que se refiere en general a los responsables del Ministerio de Transportes, que no ejercitan, por otra parte, el derecho de rectificación. Concluye que por tratarse de un editorial se limita a fijar la opinión del periódico ante unos hechos o situaciones no concretas, cuya rectificación no procede.Solicitaba también Pedro Tena la rectificación de la información cuando se refería a que "su actitud frente a Iberia tiene unos claros antecedentes personales", entre ellos, el que pretendiera sin éxito hace años ingresar en Iberia, según aseguran compañeros de su promoción. El juez desestima la pretensión por estimar que la crítica no se excede de los límites tolerables.

Hoy se verá en el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid otra demanda de Pedro Tena contra el director de EL PAIS. El director de Aviación Civil pretende rectificar la información publicada en este periódico el 9 de junio sobre la filtración por parte de funcionarios españoles a la Prensa norteamericana de los errores de vuelo cometidos por Iberia en el Atlántico Norte.

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