Víctimas españolas en el golfo Pérsico

15.000 españoles prestan servicio en buques de bandera de conveniencia

La contratación de marineros españoles para prestar sus servicios en buques de bandera de conveniencia (Liberia, Panamá, Chipre, Singapur y Líbano, entre otros países) es muy frecuente, y se calcula que unos 15.000 españoles prestan sus servicios en este tipo de buques. Se trata de países que prestan libremente su bandera a los buques y armadores de todo el mundo (sobre todo norteamericanos, alemanes de la RFA y japoneses) y les conceden un trato fiscal y laboral muy beneficioso. Apenas existen impuestos sobre beneficios, no se paga Seguridad Social a los tripulantes y se permiten dotaciones i...

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La contratación de marineros españoles para prestar sus servicios en buques de bandera de conveniencia (Liberia, Panamá, Chipre, Singapur y Líbano, entre otros países) es muy frecuente, y se calcula que unos 15.000 españoles prestan sus servicios en este tipo de buques. Se trata de países que prestan libremente su bandera a los buques y armadores de todo el mundo (sobre todo norteamericanos, alemanes de la RFA y japoneses) y les conceden un trato fiscal y laboral muy beneficioso. Apenas existen impuestos sobre beneficios, no se paga Seguridad Social a los tripulantes y se permiten dotaciones inferiores en número a las exigidas en países occidentales.Este es, al parecer, el caso del buque hundido, pues se trata de un navío liberiano propiedad de una empresa suiza. En general, para los trabajadores españoles y sus familias la situación es la siguiente:

Más información

1. Si los marineros se contrataron directamente con el armador en Rotterdam u otro puerto europeo (como es frecuente) carecen totalmente de Seguridad Social (inexistente en Liberia), y los familiares sólo podrán cobrar el importe de los seguros particulares que el armador haya suscrito para ellos. Estos seguros oscilan enormemente, pues, si bien existen compañías serias que aseguran la vida de sus tripulantes hasta con 10 millones de pesetas (en el caso de titulados), otras suscriben seguros de cuantía ínfima o no suscriben ninguno. En cualquier caso, toda reclamación de los familiares contra el armador es muy difícil, pues éste figura legalmente como una sociedad liberiana o panameña fantasma sin más patrimonio que el buque hundido.

2. Muchos marineros enrolados en buques de bandera de conveniencia son contratados en España por unas agencias dedicadas a suministrar mano de obra española a armadores extranjeros (son conocidas las firmas Consulmar, J. M. Candina, Marisipan, Valero, Amazsa, Finisterre, entre otras) a cambio de una comisión.

Este tráfico de mano de obra está legalmente prohibido por el Estatuto de los Trabajadores, la ley de Emigración y el convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre colocación de marineros, pero la Administración española lo tolera, a pesar de que las magistraturas y el Tribunal Central de Trabajo lo han considerado reiteradamente como ilegal.

Estos marineros llevan el contrato visado por el Instituto Español de Emigración y gozan de una mínima Seguridad Social en España: asistencia médica y muerte natural -no por accidente, como es el caso del buque Tiburón-, e incluso ello con unas bases de cotización ridículamente bajas.

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