Los carnés de conducir
podrán renovarse con posterioridad a su caducidad y no el mismo día en que ésta se produzca, según un proyecto de decreto preparado por la dirección general de Tráfico y pendiente de consideración por el Consejo de Ministros, informa Europa Press. El plazo para esta renovación será entre un mes y dos años después de la caducidad. Actualmente, el retraso en la renovación acarrea multas de diversa cuantía....
Regístrate gratis para seguir leyendo
Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
podrán renovarse con posterioridad a su caducidad y no el mismo día en que ésta se produzca, según un proyecto de decreto preparado por la dirección general de Tráfico y pendiente de consideración por el Consejo de Ministros, informa Europa Press. El plazo para esta renovación será entre un mes y dos años después de la caducidad. Actualmente, el retraso en la renovación acarrea multas de diversa cuantía.