Reconocido, por primera vez, el derecho de un mando a la pensión de viudedad

Una sentencia de la Magistratura de Trabajo de Gijón ha declarado, por vez primera en España, el derecho de un trabajador a percibir la pensión de viudedad por el fallecimiento de su esposa. En la sentencia, informa Efe, se condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social al abono del 45% de la base reguladora establecida.En los considerandos, la sentencia señala la discriminación por el sexo del asegurado que existe en perjuicio de los varones y el frontal enfrentamiento de la norma del apartado 2 del artículo 160 de la Ley General de la Seguridad Social con el artículo 14 de la Constituc...

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Una sentencia de la Magistratura de Trabajo de Gijón ha declarado, por vez primera en España, el derecho de un trabajador a percibir la pensión de viudedad por el fallecimiento de su esposa. En la sentencia, informa Efe, se condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social al abono del 45% de la base reguladora establecida.En los considerandos, la sentencia señala la discriminación por el sexo del asegurado que existe en perjuicio de los varones y el frontal enfrentamiento de la norma del apartado 2 del artículo 160 de la Ley General de la Seguridad Social con el artículo 14 de la Constitución, que sanciona que los españoles son iguales ante la ley. Entiende la sentencia que, por tanto, la norma citada debe entenderse por derogada.

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