El Estado se hará cargo de las deudas de las corporaciones locales, según un proyecto de ley del Ministerio de Economía

El Estado se hará cargo de la totalidad de las cargas financieras que arrastran las corporaciones locales para cubrir los presupuestos extraordinarios de liquidación de deudas correspondientes a los ejercicios de los años 1975 a 1982, ambos inclusive, según el borrador de la ley sobre Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulación de las entidades locales preparado por el Ministerio de Economía y Hacienda. Hasta ahora, la aportación estatal sólo cubría el 50% de esta deuda y el 50% restante era asumido por los ayuntamientos y diputaciones.El borrador contempla algunas medidas de carácter urgente...

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El Estado se hará cargo de la totalidad de las cargas financieras que arrastran las corporaciones locales para cubrir los presupuestos extraordinarios de liquidación de deudas correspondientes a los ejercicios de los años 1975 a 1982, ambos inclusive, según el borrador de la ley sobre Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulación de las entidades locales preparado por el Ministerio de Economía y Hacienda. Hasta ahora, la aportación estatal sólo cubría el 50% de esta deuda y el 50% restante era asumido por los ayuntamientos y diputaciones.El borrador contempla algunas medidas de carácter urgente que precisan una aplicación inmediata en espera de la futura ley de Financiación de las Entidades Locales, que será remitida al Congreso de los Diputados en los próximos meses y cuya entrada en vigor se prevé para 1984.

En el articulado de la ley de Medidas Urgentes se replantean globalmente los medios económicos con que contarán las haciendas locales, respondiendo a las exigencias de suficiencia y autonomía financiera local. El borrador establece los tributos propios que tendrán en el futuro las haciendas locales y el incremento de la participación de las corporaciones en los ingresos estatales. Asimismo, se potencia el crédito oficial, destinado de manera preferente a la realización de proyectos.

El Gobierno pretende con estas medidas urgentes alcanzar dos objetivos: que los recursos ordinarios que actualmente están destinados a atender las cargas financieras queden liberados para atender los gastos ordinarios y, por otra parte, rehabilitar la capacidad de endeudamiento de las corporaciones para sufragar los gastos de inversión.

En los últimos años, el Estado se hacía cargo del 50% de la carga financiera de los presupuestos extraordinarios de liquidación de deudas del período comprendido entre 1975 y 1979-, según establecían los decretos-leyes 42/1980 y 40/1981. Así, la aportación del Estado ascendió a 10.008 millones de pesetas en 1981 y 11.000 millones en 1982. La previsión para 1983 se estima en 12.305 millones de pesetas y se prevé su estabilización desde 1984 y hasta 1988 con 13.500 millones aproximadamente. Esta misma cuantía es la carga adicional que asumirá ahora el Estado si se aprueba la ley de Medidas Urgentes, carga que comenzará a decrecer a partir de 1988 como consecuencia de la amortización total de algunas operaciones, inicialmente Madrid y Barcelona, correspondientes a los ejercicios de 1975 y 1976, y desaparecerá totalmente en 1993.

Liquidación de la deuda real

Asimismo, se plantean medidas económico-financieras para cubrir el déficit real de las entidades locales en los ejercicios correspondientes a los años 1981-1982 que no contemplaban los RDI- 42/1980 y 40/1981. Entre este nuevo paquete de medidas se propone que el Estado se haga cargo de la financiación del déficit real existente en los ayuntamientos y diputaciones a 31 de diciembre de 1982, mediante una subvención con cargo a los presupuestos generales, cuando aquella cuantía no exceda del 20% de la suma de las obligaciones reconocidas y liquidadas en 1982. El ministerio establece una serie de condiciones a las corporaciones locales para acogerse a estas medidas, que podrían significar la restricción de la autonomía municipal durante el plazo de cinco años. Durante este período, las corporaciones que se acojan a estos beneficios deberán aceptar la congelación de plantilla, de las retribuciones de personal, de los gastos voluntarios (cultura, deportes, etcétera) que no son de estricta competencia municipal, y de los gastos de funcionamiento normal. Igualmente, se establece un conjunto de medidas que tienden a un control constante y sistemático de estas corporaciones.

La cuantificación del déficit real de los ayuntamientos capitales de provincia, o con más de 100.000 habitantes, en 1980, fue de 27.366 millones de pesetas, y en 1982 se estima que el déficit se elevará a 115.000 millones. Es de señalar que de esta cifra casi 40.000 millones corresponden al déficit correspondiente al transporte público municipal. De los 115.000 millones del déficit previsto, el 90% del total pertenece a Barcelona (50%), Madrid (23%), Valencia (9%) y Sevilla (5%). El borrador plantea también un aumento en la participación de los impuestos estatales, que pasaría del 7% al 8%, con la limitación de que en ningún caso esta participación podrá superar el 40% del conjunto de los ingresos municipales. Con esta medida se favorece a aquellas corporaciones que apliquen una mayor presión fiscal. Asimismo, se establecería un recargo del 3% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas presentados en las respectivas localidades.

Federación de Municipios

En una valoración de estas medidas urgentes del borrador del Ministerio de Economía y Hacienda, la Federación de Municipios de Cataluña indica que gran parte de los déficit acumulados por las corporaciones son debidos al menor rendimiento de las nuevas tarifas de la licencia fiscal aplicadas en contradicción a las previsiones de la propia Delegación de Hacienda de Barcelona. Respecto a la futura mayor participación de los ingresos estatales por parte de los municipios, se critica la falta de criterios objetivos en la limitación del 40% de esta participación, ya que el aumento de la participación está condicionado al incremento de la de la presión fiscal aplicado por los ayuntamientos. Esta medida podría perjudicar a aquellos ayuntamientos que, sin haber abandonado una política fiscal, no han podido adecuar sus ingresos por dificultades ajenas a ellos.

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