Tribuna

Por una cultura positiva de la droga

Es frecuente enfocar el problema del tráfico y consumo de drogas tóxicas y estupefacientes preguntándose si deben o no ser despenalizadas, es decir, si debiéramos considerar penalmente irrelevante el tráfico y/o el consumo de estas sustancias, usualmente los derivados de la Papaver somnlerum y de la Cannabis sativa.

Entre los argumentos que se alegan a favor de la despenalización está, sin duda, el de la libertad de los ciudadanos. Stuart, Mill lo formuló lapidariamente en On liberty hace ya más de un siglo: los ciudadanos adultos de un país libre tienen derecho a h...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Es frecuente enfocar el problema del tráfico y consumo de drogas tóxicas y estupefacientes preguntándose si deben o no ser despenalizadas, es decir, si debiéramos considerar penalmente irrelevante el tráfico y/o el consumo de estas sustancias, usualmente los derivados de la Papaver somnlerum y de la Cannabis sativa.

Entre los argumentos que se alegan a favor de la despenalización está, sin duda, el de la libertad de los ciudadanos. Stuart, Mill lo formuló lapidariamente en On liberty hace ya más de un siglo: los ciudadanos adultos de un país libre tienen derecho a hacer consigo mismo lo que quieran, siempre que ello no produzca daño a terceros inocentes, y así, no corresponde al derecho penal tratar de imponer una moral por la vía de la fuerza. Habría que reconocer entonces -y yo lo acepto, desde luego- un derec , ho a suicidarse, a cometer violencias contra uno mismo y, por supuesto, ún derecho a ser inmoral, alcohólico, toxicómano, perverso o cualquier otra zarandaja similar, derecho- que merece protección colectiva, siempre, por supuesto, que no se daño a terceros (lo que no es, por cierto, fácil de dilucidar). En definitiva, esto diferenciaría la conducta moral de la inmoral: que es libre. Pues sólo los sujetos libres pueden serresponsables y sólo los responsables pueden ser virtuosos. Una moral impuesta coactivamente es una contradicción. Ello aparte de que -como insistía Stuart Mill- la inmoralidad de hoy puede no serlo mañana.

Más información
Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

Lo que con frecuencia se olvida es que, al margen de si el derecho penal debe o no tratar de imponer una moral, está la cuestión de si puede hacerlo. Pues, obviamente, la coacción penal es útil y eficaz para conseguir algunas cosas, pero no todas, y la historia de Occidente está plagada de fracasos en cuanto a la utilización represiva del derecho penal. ¿Es eficaz para controlar el tráfico y consumo de productos tóxicos y estupefacientes?

La respuesta es muy tajante: no lo es en absoluto. Es más, no sólo no es eficaz, sino que es contraproducente; no sólo no elimina un tipo de delincuencia, sino que genera nuevos tipos, es pues criminógeno. Veamos por qué.

La eficacia de una norma penal se mide de dos modos, en términos de prevención general y de prevención especial. La primera alude a la capacidad de la amenaza de castigo para evitar la transgresión de la norma. Pues bien, las cifras cantan por sí mismas. Ni aquí ni en Estados Unidos ni en ningún otro país libre del que se tenga información ha servido la amenaza penal como disuasor eficaz. Año tras año han aumentado paulatinamente los consumidores de cannabis e incluso los usuarios de opio y sus derivados (es decir, los verdaderos toxicómanos), y ello a pesar de las repetidas reformas de la legislación en un sentido cada vez más represivo. La comparación de la política seguida por Estados Unidos y por el Reino Unido en este terreno sería muy instructiva. Afirmar, por otra parte, como se hace a veces, que, dé no haber sido por esa legislación, el tráfico y consumo habrían aumentado aún más es un argumento bizantino. Primero, porque no pasa de ser una suposición gratuita. Además, porque nos estamos moviendo en cifras que suponen cientos de miles de ciudadanos, y. mantener en vigor una legislación que condena a la ilegalidad a cientos de miles de personas es simplemente una insensatez, cuando no un atentado contra una numerosísima minoría.

Otro tanto cabe decir en cuanto a la prevención especial, es decir, a la capacidad de rehabilitar a los ya drogadictos para una, vida normal. En primer lugar, porque de nada hay que rehabilitar al usuario de marihuana o hachís, que no es toxicómano, ni adicto y al que nada le ocurre; es como si quisiéramos transformar en, abstemio a quien sólo bebe cerveza en el aperitivo. (Y quizá no sea ocioso insistir una vez más en lo que es ya un secreto a voces: que la evidencia científica acerca de la casi total inocuidad de la márihuana es abrumadora y hay muy pocos productos en el vademecum que hayan sido analizados y estudiados más detenida y cuidadosamente). De otra parte, porque en relación con los verdaderos toxicómanos ocurre todo lo siguiente:

1. Nadie sabe bien cómo curarlos realmehte y la inmensa mayoría de los métodos conocidos tienen unas tasas de reincidencia -medidas a los dos tres años- próximas al 90%.

2. Porque resulta difícil, si no imposible, curar a quien no quiere curarse.

3. Porque, si ya es difícil curar a quien quiere, es casi imposible hacerlo con quien está preso.

Pero lo más grave no es que la legislación penal en este terreno sea ineficaz, sino que es claramente contraproducente, por varias razones, ejemplificadas todas ellas en el tremendo fracaso del Volstead Act, la conocida ley seca norteamericana, dictada en 1919 y derogada años más tarde después de haber alimentado a la mafia generando una pavorosa corrupción de la policía y la administración de justicia e incluso un incremento del consumo de licor entre la juventud.

La primera de dichas razones es la progresiva asimilación entre usuarios de drogas y delincuentes, que se produce como consecuencia del trato igual o similar a que unos y otros se ven sometidos. Nunca he comprendido la genial idea de rehabilitar defincuentes poniéndolos todos juntos y separándolos de lós no delincuentes; por supuesto, lo que ocurre es que unos y otros refuerzan sus conductas y así, en este caso, acabamos encontrando al drogadicto armado y al delincuente metido en el tráfico y consumo de droga. Éste proceso está ocurriendo aquí y ahora en nuestras prisiones y es consecuencia directa del tratamiento legal que damos al drogadicto.

En segundo lugar, la prohibición genera un mercado negro ilegal basado en la brutal diferencia de los precios de la mercancía al por mayor y al por menor, antes y después de pasar la frontera. Como en el caso de la ley seca, este contrabando genera delincuencia que, por la propia dinámica económica, tiende a organizarse y constituirse en oligopolio de oferta de la mercancía. El oligopolio facilita no sólo la contención de la oferta, sino, sobre todo, el mantenimiento de unos precios exorbitantes para la droga fuerte, pues la demanda es cautiva y está garantizada (como se ha dicho, no se vende la heroína al toxicómano, sino al toxicómano de heroína). Además, dado que los acuerdos o contratos entre tales mafia, caso de ser incumplidos, no pueden alegarse ante los tribunales, éstas se ven obligadas a recurrir a la violencia para imponerlos. De este modo, la prohibición genera no sólo delincuencia, sino delincuencia organizada y violenta. Esto también lo estamos viendo día a día.

Tercero, además de la delincuencia que se genera por la vía de la oferta, otro tanto ocurre por la vía de la demanda. El yonqui que sufre síndrome de abstinencia se ve forzado a pagar por la heroína cantidades exorbitantes que le obligan a. recurrir al robo de farmacias, primero, y al de objetos o a la prostitución, después. El toxicómano no es delincuente porque toma droga; es delincuente porque no la toma. Así, hemos conseguido producir un incremento espectacular de los asaltos a farmacias, sustituido hoy en las grandes ciudades por el truque directo de objetos robados (radiocasetes,, televisores, etcétera) por heroína.

Cuarto, la baja visibilidad de estas transgresiones -el tráfico se efectúa entre adultos que consienten, el consumo es privadohace que la aplicación de tales normas penáles sea muy selectiva y discriminatoria, en función de la visibilidad diferencial de los diversos, grupos sociales. En general, los ricos son menos visibles que los, pobres y los adultos menos que los jóvenes. De este modo, tales normas penales le aplican sobre todo a los jóvenes de clase modesta o pobre -en definitiva, a quien vive en la calle y carece de privacidad donde refugiarse-, pero no a otros muchos usuarios. Esto conduce al desprestigio general de la justicia.

Por último, hay que mencionar que una repetida experiencia en este y otros campos similares (policía antivicio, prostitución, pornografía o juego) enseña. que el peligro de corrupción de la policía y la administración de justicia es grande. Enfrentados a un trabajo con bajo apoyo social, con un enemigo de extraordina.ria capacidad económica, teniendo necesidad de negociar con chivatos o soplones para detectar la comisión de delitos o de recurrir a una vigilancia extrema que interfiere con el derecho a la intimidad y sometidos constantemente a la tentación de integrarse en el tráfico. o acudir al chantaje, la desmoralización es fácil y frecuente.

Por todo ello, porque no es legítimo dictar a ciudadanos aduitos cómo deben vivir ni lo que deben hacer consigo mismos, porque esta legislación es ineficaz y todo castigo ineficaz es injusto, porque no sólo es ineficaz sino contraproducente, pues, pretendiendo controlar la delincuencia, la causa; pretendiendo que disminuya el tráfico, crea las condiciones para que éste florezca, y pretendiendo defender la justicia, contribuye a su desprestigio, por todo ello creo que habría que - derogar estas disposiciones del Codigo Penal y la ley de Peligrosidad Social.

Y, en todcv caso, no olvidemos aquella prudencia política del Aquinatense cuando afirmaba que "los que gobiernan en el régimen humano razonablemente tolerarán algunos males para que no sean impedidos otros bienes o para,evitar peores males".

Emilio Lamo Espinosa es profesor agregado de Sociología.

Archivado En