Modificado el reglamento de la Guardia Real

El reglamento de la Guardia Real ha sido modificado por una orden ministerial publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado y que deroga el vigente desde 1979. Con esta modificación el reglamento se adapta a lo establecido en las leyes de 6 de julio y 24 de diciembre de 1981, en las que se fijaban las edades de retiro para el personal militar profesional y la clasificación de mandos y regulación de ascensos en régimen ordinario para militares de carrera.En la orden se regulan el escalafón, tiempo de efectividad, tiempo de mando y condiciones que afectan al voluntariado especial, clase...

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El reglamento de la Guardia Real ha sido modificado por una orden ministerial publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado y que deroga el vigente desde 1979. Con esta modificación el reglamento se adapta a lo establecido en las leyes de 6 de julio y 24 de diciembre de 1981, en las que se fijaban las edades de retiro para el personal militar profesional y la clasificación de mandos y regulación de ascensos en régimen ordinario para militares de carrera.En la orden se regulan el escalafón, tiempo de efectividad, tiempo de mando y condiciones que afectan al voluntariado especial, clases de tropa, suboficiales, etc. Las especialidades básicas son: infantería, caballería, transmisiones, motoristas, automovilismo y banda.

La Guardia Real estará al servicio de la Casa de Su Majestad el Rey y será reclutada por convocatoria de voluntariado especial de personal paisano o de cualquier situación militar.

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