Editorial:

El Tribunal Constitucional y la LOAPA

CON LA admisión a trámite del Tribunal Constitucional de los cinco recursos previos de inconstitucionalidad, presentados el 2 de agosto, se ha cerrado una etapa en la conflictiva vida de la ley orgánica para la Armonización del Proceso Autonómico. El enfrentamiento político entre UCD y PSOE, de una parte, y las minorías nacionalistas más los comunistas, de otra, se aplaza así con este expediente que da insólita entrada al alto tribunal. No es exagerado decir, conocido el trasfondo que mueve a los grupos políticos para proceder de este modo, que en definitiva se está utilizando el amparo de est...

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CON LA admisión a trámite del Tribunal Constitucional de los cinco recursos previos de inconstitucionalidad, presentados el 2 de agosto, se ha cerrado una etapa en la conflictiva vida de la ley orgánica para la Armonización del Proceso Autonómico. El enfrentamiento político entre UCD y PSOE, de una parte, y las minorías nacionalistas más los comunistas, de otra, se aplaza así con este expediente que da insólita entrada al alto tribunal. No es exagerado decir, conocido el trasfondo que mueve a los grupos políticos para proceder de este modo, que en definitiva se está utilizando el amparo de esta instancia judicial para diferir la solución de un conflicto hasta tiempos electorales más oportunos.La dichosa LOAPA fue aprobada por el Congreso, tras sucesivos aplazamientos y rectificaciones, el pasado 30 de junio. Y fue aprobada a su vez, en el Senado, con la suma abrumadora de votos centristas y socialistas, un mes más tarde. A partir de entonces, es decir, a partir del 30 de julio, se abría, según es preceptivo, un plazo de quince días para que el Rey sancionara la ley e inmediatamente fuera publicada en el BOE. El procedimiento, sin embargo, se ha interrumpido al ser aceptado a trámite el recurso de inconstitucionalidad que desde el llamado frente anti-LOAPA (parlamentarios nacionalistas, comunistas y andalucistas) hasta los Gobiernos vasco y catalán han presentado. De esta manera se paraliza automáticamente el procedimiento legislativo y la ley no entrará en vigor, en el supuesto más rápido, es decir, en el caso de ser declarada constitucional, hasta que se produzca el fallo del tribunal, lo que previsiblemente no acontecerá antes de tres meses. Por añadidura, si a ello se añade lo previsto en la disposición final del texto de la LOAPA, donde se fija que la citada ley no tendrá efecto hasta cinco meses después de su publicación en el BOE, es evidente que de antemano los diferentes partidos políticos parecen haber obrado como tratando de demorar la vigencia de esta norma. Tal como si temieran la llegada de unas circunstancias legales harto conflictivas, que sin duda ni uno ni otro frente desean.

La ley se encuentra ahora paralizada a efectos políticos. Pero igualmente, por mediación de los efectos políticos, se puede recibir la sensación de que el Tribunal Constitucional ha sido utilizado menos como una instancia de apelación coherente, en este caso, que como una cámara de hibernación. Suerte de frigorífico que mantiene encerrado y eventualmente neutralizado el problemático e incomestible cuerpo de la LOAPA. No parece, pues, que se esté haciendo el mejor uso de esa alta magistratura y menos oportuno parece que el primer uso que del derecho al recurso previo de inconstitucionalidad se haga venga teñido de una sospechosa carga de oportunidad política.

Como es bien sabido, la LOAPA, que corrige algunos aspectos de los aprobados estatutos autonómicos de Guernica y de Sau, fue suscitada por los temores a una supuesta extralimitación de las competencias autonómicas, en detrimento de los poderes de la Administración central. La acusación que de centralistas hacen los del frente anti-LOAPA a los socialistas y centristas es paralela a las acusaciones de localistas y faltos de responsabilidad sobre la comunidad española que hacen los segundos a los primeros. Nadie habrá de dudar que bajo unas y otras imputaciones laten tanto unas diferentes concepciones de la forma que se elige para el Estado español y, también, claro está, las diferentes conveniencias de cada partido, según su implantación y ascendencia. La distinta ponderación de otras circunstancias políticas generales, la valoración de los llamados poderes fácticos, las dificultades técnico-administrativas y sus resonancias en el poder, etcétera, todo ello son aspectos que corresponden al ámbito de un lenguaje eminentemente político. Y efectivamente dentro de ese lenguaje y la relación de fuerzas que en él subyace se redactaron los estatutos (de Guernica y de Sau) que se tratan de reformar. Desplazar ahora lo que ha sido el resultado de una negociación política, acaso estimada como perdida por los loapistas, al terreno de la técnica estrictamente jurídica es aberrar el espíritu que animaba los acuerdos y abrir, en consecuencia, este frente de lucha enconada por el que ha discurrido la atormentada vida de la LOAPA.

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La polémica ley se encuentra ahora bajo la decisión del Tribunal Constitucional y sólo cabe ya esperar su pronunciamiento. Pero su fallo, sea el que fuere, no servirá sino para poner de manifiesto, a través de esa misma presencia del poder judicial, la incapacidad de las fuerzas políticas para llegar a acuerdos duraderos que contribuyan a un decidido y coherente desarrollo democrático de España.

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