Dificultades casi insalvables para regular la televisión privada antes de las próximas elecciones generales

El Gobierno estudia las consecuencias políticas del desdoblamiento de la regulación de la televisión privada en dos leyes distintas, una ordinaria y otra orgánica -fórmula que parece imponerse como la más ajustada al contenido de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional-, sobre todo por lo que s e re riere a la difícil obtención en estos momentos de los 176 votos necesarios en el Congreso de los Diputados para la aprobación de la segunda de las leyes citadas. Las diferencias con el PSOE en esta materia anticipan en definitiva, según una alta fuente guhernamental, que no habrá canales ...

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El Gobierno estudia las consecuencias políticas del desdoblamiento de la regulación de la televisión privada en dos leyes distintas, una ordinaria y otra orgánica -fórmula que parece imponerse como la más ajustada al contenido de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional-, sobre todo por lo que s e re riere a la difícil obtención en estos momentos de los 176 votos necesarios en el Congreso de los Diputados para la aprobación de la segunda de las leyes citadas. Las diferencias con el PSOE en esta materia anticipan en definitiva, según una alta fuente guhernamental, que no habrá canales privados de televisión antes de las próximas elecciones.

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La estrategia del Gabinete Calvo Sotelo se centra en estos momentos en el análisis de las normas que tendrían que figurar en una y otra ley. Desde que el pasado viernes el Ministerio de la Presidencia distribuyó a cada uno de los miembros del Gobierno una copia de la sentencia del Tribunal Constitucional por la que se resuelve el recurso de amparo interpuesto por Antena 3, los servicios jurídicos de los departamentos políticos se han volcado sobre el texto del alto tribunal. Entre quienes estiman adecuada la vía de dos leyes, una ordinaria y otra orgánica, figura el actual ministro de Justicia, Pío Cabanillas, que fue el primero en plantear ante el Gobierno, al comienzo del verano pasado, durante su etapa de ministro de la Presidencia, un proyecto de norma que más tarde su sucesor, Matías Rodríguez Inciarte, asumió formalmente como decreto-ley. El planteamiento de Cabanillas fue impugnado en el seno del Consejo de Ministros por el entonces ministro de Justicia, Francisco Fernández Ordóñez, quien abogó por una ley orgánica pactada con los socialistas.A pesar de que la iniciativa de Cabanillas contó con el respaldo de un dictamen favorable del Consejo de Estado, el rechazo manifestado por Fernández Ordóñez hacia la fórmula del decreto fue compartido en el seno del comité ejecutivo de UCD, que estudió la propuesta en septiembre, por el ex presidente del Gobierno, Adolfo Suárez, y por juristas como Landelino Lavilla y José Pedro Pérez-Llorca.

Fernández Ordóñez manifestó ayer a EL PAIS, desde Alicante -donde corrige pruebas de un libro en el que va a contar "todo este lío de la televisión privada"-: "Me alegro de que el Tribunal Constitucional me haya dado al final la razón. Aquel proyecto de decreto presentado al Consejo de Ministros sin avisar, en pleno verano, era una chapuza intolerable y hubiera sido nulo de pleno derecho".

La 'parlamentarización' del problema

A la vista de la sentencia, un sector del Gobierno se inclina por la regulación mediante doble ley, orgánica y ordinaria. La primera viene exigida por lo que la sentencia del Tribunal Constitucional dice sobre la implantación de la televisión privada "por la vía de una ley orgánica en la medida en que afecte al desarrollo de alguno de los derechos constitucionalizados en el artículo 20". La ley ordinaria para la atribución de la gestión indirecta del servicio público de la televisión a una sociedad privada tendría su apoyatura en el criterio del Tribunal Constitucional de que requiere "una decisión del legislador y un desarrollo legislativo que este tribunal no puede suplir".En opinión de Pío Cabanillas, exigir la ley orgánica para todos los aspectos de la regulación de la televisión privada sería tanto como parlamentarizar el problema y dejarlo sin salida. Entiende el actual ministro de Justicia, a título personal, que la ley orgánica sería el marco adecuado para trasladar a la televisión privada los principios que ya rigen para la pública y que figuran en el Estatuto de RTVE, así como otros que se consideraran específicos de esta modalidad de televisión, en cuanto a la regulación de la libertad de expresión y el derecho a la información consagrados en el artículo 20 de la Constitución.

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En cambio, para la regulación de los procedimientos de adjudicación de los canales privados, según la opinión citada, bastaría una ley ordinaria "que hiciera posibles fórmulas similares a las concesiones de otros servicios u obras públicas a través de la modalidad jurídica normal de los concursos, de modo análogo a la adjudicación de las emisoras de frecuencia modulada". Todas las especificaciones técnicas derivadas de las características del medio figurarían en esta ley ordinaria. El ministro adjunto al presidente del Gobierno y portavoz centrista en el. Congreso, Jaime Lamo de Espinosa, manifestó también que parecen compatibles los dos tipos de leyes.

La inclusión de toda la regulación de la televisión privada en una única ley orgánica -fórmula que defiende Francisco Rubio Llorente, magistrado que disiente de la decisión mayoritaria del Tribunal Constitucional- supondría una serie de problemas que dificultarían el proceso, de modo similar a la inoperancia del Consejo de Administración de RTVE elegido por UCD y PSOE. Fuentes socialistas aseguraron que, sea cual fuere la vía o vías legales que utilice el Gobierno, el voto del PSOE a la necesaria ley orgánica se vinculará a la regulación global de la televisión privada. La impresión general obtenida en medios parlamentarios es que resulta muy improbable que tal regulación sea aprobada antes de las elecciones de 1983.

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