La ayuda de España a Guinea Ecuatorial tiene una cobertura de dudosa legalidad

La ayuda económica que está prestando España a Guinea Ecuatorial, tras el derrocamiento en aquel país del régimen dictatorial de Macías, en el verano de 1979, tiene una cobertura legal dudosa, como ha puesto de manifiesto la presentación por el Gobierno, al Congreso de un proyecto de ley para concesión de tres créditos extraordinarios por un valor de 1.200 millones de pesetas, en cumplimiento de los acuerdos suscritos con el país africano.

El Grupo Parlamentario Socialista, por motivos formales («la desconsideración del Gobierno con el Parlamento», según Néstor Padrón), y no porque exis...

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La ayuda económica que está prestando España a Guinea Ecuatorial, tras el derrocamiento en aquel país del régimen dictatorial de Macías, en el verano de 1979, tiene una cobertura legal dudosa, como ha puesto de manifiesto la presentación por el Gobierno, al Congreso de un proyecto de ley para concesión de tres créditos extraordinarios por un valor de 1.200 millones de pesetas, en cumplimiento de los acuerdos suscritos con el país africano.

El Grupo Parlamentario Socialista, por motivos formales («la desconsideración del Gobierno con el Parlamento», según Néstor Padrón), y no porque exista ninguna oposición a que se ayude a Guinea, ha presentado una enmienda a la totalidad del mencionado proyecto de ley y solicita la devolución del texto al Gobierno.El acuerdo de cooperación económica entre el Estado español y la República de Guinea Ecuatorial, a que hace referencia este proyecto de ley, fue firmado en 1971, con un ámbito temporal específico para ese año y posible prolongación ulterior condicionada a los resultados que manifestase la comisión mixta, que preveía para su desarrollo y renovación bienal expresa o tácita. El citado convenio no habilitaba Fiara legitimar obligaciones de modificaciones presupuestarias.

Según la legislación vigente, es necesaria la autorización de las Cortes Generales para los tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la hacienda pública, por lo que tendría que procederse a la elaboración de un tratado y someterlo a la aprobación del Parlamento, según el PSOE.

Por otra parte, tanto el informe del Consejo Nacional como laa enmiendas socialistas, ponen de manifiesto que se trata de convalidar como obligaciones del Estado derivadas del mencionado acuerdo acciones concretas ad novo (reparación de líneas telefónicas, ayudas para televisión, reparación del buque guineano Acacio Mañe y permanencia en aquel país del Ciudad de Pamplona, entre otras), que no aparecían en el mencionado convenio.

El proyecto de ley, por otra parte, prevé modificaciones presupuestarias que ya han sido reflejadas en la ley de Presupuestos Generales del Estado para 1981. Es decir, que se somete al Parlamento con posterioridad a la materialización de las modificaciones presupuestarias, la autorización para proceder a las mismas.

Fuentes próximas al Gobierno justifican, sin embargo, este proceder de la Administración -echar mano de un tratado caduco e incumplido en su vigencia por ruptura de las relaciones diplomáticas entre nuestro país y el régimen guineano de Macías- en la necesidad de arbitrar ayuda con urgencia a los nuevos dirigentes guineanos tras el derrocamiento de Macías. Los socialistas, por el contrario, piensan que la ayuda a Guinea Ecuatorial podría haberse arbitrado con urgencia y siguiendo las tramitaciones legales. sin necesidad de recurrir al mencionado marco del acuerdo de 1971. Según estas fuentes, debería haberse procedido a la firma de un nuevo tratado de cooperación.

Los acuerdos suscritos con Guinea Ecuatorial, preven para 1981 otra partida de mil millones de pesetas.

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