El fiscal mantiene la calificación de terrorismo para la matanza de Atocha

La matanza de Atocha, en la que murieron cinco abogados laboralistas militantes del Partido Comunista de España y fueron heridos gravemente otros cuatro, fue recordada de nuevo ayer con motivo de la vista de los recursos interpuestos ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo por los abogados defensores de los activistas de extrema derecha, que fueron condenados como autores de aquel hecho por la Audiencia Nacional en el pasado mes de marzo.

El debate mantenido ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo fue eminentemente jurídico, ya que no se discutían los hechos declarados probados en l...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La matanza de Atocha, en la que murieron cinco abogados laboralistas militantes del Partido Comunista de España y fueron heridos gravemente otros cuatro, fue recordada de nuevo ayer con motivo de la vista de los recursos interpuestos ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo por los abogados defensores de los activistas de extrema derecha, que fueron condenados como autores de aquel hecho por la Audiencia Nacional en el pasado mes de marzo.

El debate mantenido ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo fue eminentemente jurídico, ya que no se discutían los hechos declarados probados en la sentencia recurrida, sino la tipificación de los mismos como terrorismo o asesinato y la pluralidad delictiva de dichos hechos. La sentencia de la Audiencia Nacional se inclinó por la calificación de asesinato y por estimar que hubo tantos asesinatos como personas muertas o heridas, pero por entender que tal calificación era beneficiosa para los reos, en base a la aplicación del principio de la retroactividad de la ley más favorable (en el momento de dictarse la sentencia, el delito de terrorismo, que, existía expresamente, en el Código Penal cuando se produjeron los hechos, el 24 de enero de 1977, había sido suprimido dicho texto legal por la reforma introducida en diciembre de 1978).En realidad, la Audiencia Nacional mantuvo que la matanza de Atocha constituyó una acción terrorista, pero diversificada en tantos delitos de esta naturaleza como muertes y heridos se produjeron, es decir, nueve. Sólo a efectos de aplicar al reo la ley más favorable, se pronunció por la calificación de asesinato. El resultado fue la condena de José Fernández Cerra y de Carlos Garcia Juliá, autores materiales del atentado, a un total de 193 años, y la de Francisco Albadalejo, como inductor del hecho, a un total de 73 años. Si la Audiencia Nacional no hubiese aplicado la ley más favorable a lo que, por otra parte, estaba legalmente obligada, y hubiese mantenido la calificación de nueve delitos de terrorismo, las penas hubieran sumado más años, si bien su incidencia real hubiese sido nula por la limitación impuesta en el Código Penal, que no permite cumplir más de treinta años en prisión.

Este tema, es decir, la calificación jurídica de la matanza de Atocha, fue ampliamente debatido ayer ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Los abogados defensores de los condenados mantuvieron que la matanza de Atocha fue una acción terrorista, pero no diversificada en tanto delitos como muertos y heridos se produjeron, sino reducida a un solo delito de terrorismo. El fiscal general del Tribunal Supremo, Cándido Conde Pumpido, mantuvo igualmente que los hechos constituyen un delito de terrorismo, al menos respecto de una de las muertes, y dejó al arbitrio del tribunal calificar los otros resultados de muertes y heridos como asesinato u homicidio.

El fiscal quiso dejar bien claro al comienzo de su intervención que la calificación jurídica de los hechos no incide en la gravedad de los mismos, «ya que no por terroristas son menos asesinos los autores de la matanza de Atocha». Los defensores también solicitaron la apreciación de la atenuante de haber obrado los condenados por motivos patrióticos, así como la aplicación de la ley de Amnistía de octubre de 1980. El ministerio fiscal se opuso a estas peticiones. Los abogados de la acusación particular se opusieron a los recursos, aunque será en la sesión de hoy cuando aborden el tema central de la calificación jurídica de los hechos, que ellos mantienen que es la de nueve delitos de asesinato.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En