Reportaje:

La Constitución, el caballo de batalla

El objeto de discusión durante los próximos meses en Portugal no es tanto la revisión constitucional, sobre la que las principales fuerzas -con excepción de los comunistas- están de acuerdo, como los límites de esa revisión. Para el primer ministro Y la coalición que representa, la reforma debe dirigirse en tres sentidos: supresión de todo poder a los militares, revisión de los poderes del presidente de la República y supresión de las referencias de carácter socializante de la organización económica del Estado. En la tercera parte, de la organización política, se define el Consejo de la Revolu...

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El objeto de discusión durante los próximos meses en Portugal no es tanto la revisión constitucional, sobre la que las principales fuerzas -con excepción de los comunistas- están de acuerdo, como los límites de esa revisión. Para el primer ministro Y la coalición que representa, la reforma debe dirigirse en tres sentidos: supresión de todo poder a los militares, revisión de los poderes del presidente de la República y supresión de las referencias de carácter socializante de la organización económica del Estado. En la tercera parte, de la organización política, se define el Consejo de la Revolución como uno de los cuatro órganos de soberanía del Estado y se le confía la misión de vigilar por el cumplimiento de la Constitución. El presidente de la República, que además preside el Consejo de la Revolución, dispone de veto sobre las leyes aprobadas en la Asamblea de la República. Las leyes vetadas vuelven al Parlamento para ser aprobadas.

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Esta Constitución fue aprobada en abril de 1976 con los votos favorables de socialistas, comunistas y del PPD de Sa Carneiro. Sólo los democristianos del CDS, quince diputados de 250, votaron en contra.

Los socialistas no tendrían ningún inconveniente en llegar a un acuerdo sobre los dos primeros puntos, pero consideran que no es oportuno reprivatizar sectores básicos de la producción en unos momentos en que un sector público fuerte puede ser determinante en la solución de la crisis.

Un rápido vistazo a algunos de los preceptos clave de la Constitución portuguesa de 1976-«la más progresista de Europa», como fue calificada en su tiempo- confirma las apresiones de AD, la posición del PS y la negativa del PCP a cambiarla.

Dice, por ejemplo, en el artículo 2 de los Principios Fundamentales que la República portuguesa «es un Estado democrático basado en el pluralismo.... con el objetivo de asegurar la transición hacia el socialismo.

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Más adelante, en el capítulo referido a la Organización Económica, el artículo 7 proclama que «la propiedad social tenderá a convertirse en dominante». En el artículo 12 de esta misma parte se precisa que la planificación debe orientarse «a la construcción de una economía socialista por medio de una transformación de las relaciones de producción y de acumulación».

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