Nueva Esperanza, una lección no aprendida

El caso de Nueva Esperanza, con el que varias veces ha sido comparado el de Promocisa, constituyó la gran estafa inmobiliaria habida en España a lo largo de toda su historia. Afectó a algo más de 10.000 personas y su ámbito de acción se extendió a Madrid, Valencia, Barcelona, Alicante, Murcia y parte de Andalucía.La sociedad Construcciones Esperanza, SL, Cones, fue constituida, en el año 1966, en Valencia, con un capital social de 200.000 pesetas. Eran sus socios, según la escritura pública de constitución, Joaquín Beltrán Estellés, Angeles Tarazón Martínez, Heliodoro Herrero Martínez y Vicent...

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El caso de Nueva Esperanza, con el que varias veces ha sido comparado el de Promocisa, constituyó la gran estafa inmobiliaria habida en España a lo largo de toda su historia. Afectó a algo más de 10.000 personas y su ámbito de acción se extendió a Madrid, Valencia, Barcelona, Alicante, Murcia y parte de Andalucía.La sociedad Construcciones Esperanza, SL, Cones, fue constituida, en el año 1966, en Valencia, con un capital social de 200.000 pesetas. Eran sus socios, según la escritura pública de constitución, Joaquín Beltrán Estellés, Angeles Tarazón Martínez, Heliodoro Herrero Martínez y Vicente Cebolla Morato.

La base financiera de Cones estaba en la diversificación de las inversiones realizadas con las cantidades entregadas por los compradores de las viviendas. La mayor parte de estas inversiones tenían como destino final la compra de solares que, en aquellos tiempos, tenían siempre mejor salida y constituían una garantía segura de revalorización.

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Pero el exceso en la compra de solares condujo a que Cones tuviera un patrimonio notable que, sin embargo, no era realizable a corto plazo, razón por la que las construcciones no llegaban nunca.

Varias denuncias hicieron actuar al fiscal de la Audiencia de Valencia, que tipificó los hechos como estafa. El juez valenciano que se encargó en un primer momento del tema, Salvador Barberá, sigue actualmente al frente del caso. Su actuación, basada en permitir la entrega como garantía hipotecaria del patrimonio inmovilizado de Cones, permitió que parte de los afectados por la estafa pudiera llegar a constituir cooperativas de viviendas, que consiguieron concluir los pisos.

La sentencia del caso hizo que los principales encartados fueran condenados a penas de ocho a doce años, si bien sucesivos indultos y reducciones los pusieron en libertad.

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