La OCU opina que muchas multas municipales han prescrito

Muchas de las multas de tráfico que el ayuntamiento pretende cobrar por vía ejecutiva han prescrito, al no haberse notificado la denuncia en un plazo de dos meses, y, por tanto, no deben ser abonadas, según se señala en una nota hecha pública por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), tras una entrevista mantenida por su presidente, Antonio García Pablos, con el delegado de Seguridad y Policía Municipal, José Barrionuevo.La misma nota indica, sin embargo, que las sanciones que cumplan la normativa deben ser abonadas disciplinadamente. Para los casos en que pretenden cobrarse multas ...

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Muchas de las multas de tráfico que el ayuntamiento pretende cobrar por vía ejecutiva han prescrito, al no haberse notificado la denuncia en un plazo de dos meses, y, por tanto, no deben ser abonadas, según se señala en una nota hecha pública por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), tras una entrevista mantenida por su presidente, Antonio García Pablos, con el delegado de Seguridad y Policía Municipal, José Barrionuevo.La misma nota indica, sin embargo, que las sanciones que cumplan la normativa deben ser abonadas disciplinadamente. Para los casos en que pretenden cobrarse multas por el procedimiento ejecutivo, la OCU señala que el afectado tiene derecho a ver todo el expediente para analizar el importe de la sanción, los recargos y las fechas de los distintos oficios. Si la comunicación de la multa cumplió inicialmente el plazo de los dos meses, pero su impago no ha motivado luego ninguna otra notificación, también se entiende que queda prescrita.

La OCU opina que muchas de las multas de tráfico que se pretenden cobrar por vía ejecutiva no cumplen los requisitos establecidos por la legislación vigente y, por tanto, no se deben abonar. En caso de que el automovilista tenga dudas razonables sobre la legalidad del procedimiento seguido, la OCU está dispuesta a resolver cualquier duda en sus oficinas de la calle de Génova, número 3.

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