Felipe González y seis diputados socialistas interponen querella criminal contra RTVE

Felipe González, Alfonso Guerra, Gregorio Peces-Barba, Guillermo Galeote, Pedro Bofill, Ignacio Sotelo y José Federico de Carvajal, todos ellos miembros del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), aunque actuando a título personal, han ejercitado la acción popular y han interpuesto querella criminal, por apropiación indebida y por, malversación de caudales públicos, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, contra Rafael Ansón, director general de RTVE de julio de 1976 a noviembre de 1977; Fernando Arias-Salgado, director de RTVE desde noviembre de 1977; Ignacio Martínez Echevarría, subdire...

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Felipe González, Alfonso Guerra, Gregorio Peces-Barba, Guillermo Galeote, Pedro Bofill, Ignacio Sotelo y José Federico de Carvajal, todos ellos miembros del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), aunque actuando a título personal, han ejercitado la acción popular y han interpuesto querella criminal, por apropiación indebida y por, malversación de caudales públicos, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, contra Rafael Ansón, director general de RTVE de julio de 1976 a noviembre de 1977; Fernando Arias-Salgado, director de RTVE desde noviembre de 1977; Ignacio Martínez Echevarría, subdirector general en el mismo periodo, y Francisco López Arenosa, director de administración por entonces, en relación con la actuación de todos ellos en Radiotelevisión Española (RTVE).

Junto a ello hay que señalar que Alfonso Guerra anunció ayer públicamente, en el Pleno del Congreso de los Diputados, la interposición de esta querella mientras protestaba enérgicamente por la imposibilidad de elegir a los seis miembros del consejo de administración de RTVE, al no haberse llegado a un acuerdo con Unión de Centro Democrático (UCD). El portavoz centrista, Antonio Jiménez Blanco, anunció que el tema continuaba en la misma situación que hace quince días y que las negociaciones preseguían, aunque sin éxito, por el momento. La Junta de Portavoces, reunida por la mañana, fijó como .fecha tope para la elección el próximo día 22. Guerra subió a la tribuna para denunciar que por parte de UCD no existe ni siquiera «la mera voluntad del planteamiento de un posible acuerdo, y señaló que en la reunión de la Junta e Portavoces un representante centrista llegó a decir que «tal vez estemos ante una ley de imposible cumplimiento». Anunció entonces el propósito de su grupo de plantear el tema de la votación miércoles tras miércoles y solicitó que en la sesión de ayer se votasen los candidatos.

Pilar Brabo, en nombre del Grupo Comunista, se adhirió a esta misma tesis. Modesto Fraile, que presidía la sesión por ausencia de Landelino Lavilla, que se encuentra enfermo, afirmó que de las manifestaciones anteriores se desprendía la imposibilidad de llegar a una votación fructífera, puesto que son necesarios los dos tercios de la Cámara, y anunció que el próximo día 22 se procederá a la votación, aunque no se haya llegado a un acuerdo previo.

Jordi Solé Tura, en nombre de los comunistas, insistió en que para saber el resultado de una votación es necesario celebrarla, pero el presidente insistió en su postura negativa, en medio de protestas.

Alfonso Guerra, finalmente, presentó una proposición de ley, para que sea discutida por la Cámara, en la que se solicita que mientras no sea elegido el consejo de administración sus funciones sean asumidas por el comité de control parlamentario previsto en la citada ley, «con el fin», dijo, «de acabar con el sectarismo informativo y la ausencia de control que existe en el citado ente».

La querella criminal que han presentado los miembros del PSOE, firmada por el catedrático de Derecho Penal, Enrique Gimbernat, parte del informe sobre el control financiero en RTVE, que se llevó a cabo por funcionarios de la Intervención General de la Ad ministración del Estado, por orden del ministro de Hacienda, en julio de 1978, y del que EL PAIS public un amplio resumen del 20 al 27 del pasado mes de enero. Los querellantes aseguran que, tras la aparición de un amplio trabajo periodístico sobre el contenido de ese informe, que había finalizado en junio de 1979, consiguieron la entrega del documento a los parlamentarios. Afirman que «se puede decir que rara es la página del citado informe donde no aparecen irregularidades, haciendo adivinar muchas de ellas la Comisión de delitos contra la propiedad, contra la seguridad del tráfico mercantil, delitos de funcionarios y otros», y pasan a enumerar algunas afirmaciones concretas del informe.

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A juicio de los querellantes, los hechos son constitutivos de tres delitos distintos: una retención de impuestos sobre los rendimientos del trabajo personal (IRTP) en 1977, por valor de 318.987.859 pe setas, más los retenidos por el mis mo concepto en 1978, por importe de 50.768.694 pesetas, más la retención del impuesto extraordinario sobre los rendimientos del trabajo personal de ese mismo año, por cuantía de 59.581.859 pesetas, es, a su juicio, constitutiva de un delito de apropiación indebida, «porque esos bienes los había recibido Televisión Española en calidad de depositario y estaba autorizada a retenerlos únicamente a los fines y efectos de su inmediato ingreso a favor de su titular, que es la Hacienda pública, por lo. que no encontramos», añaden, «ante un caso completamente idéntico como el de la retención de las cuotas salariales de la Seguridad Social, en referencia a las cuales es doctrina absolutamente unánime de la sal del Tribunal Supremo (...) que s retención, sin que sean ingresada posteriormente, constituye un de lito de apropiación indebida».

Califica el escrito de «más es candalosa» la retención de cuotas pendientes de pago a la Seguridad Social, que a 20 de febrero de 117 se acercaba a los 3.000 millones de pesetas. El escrito de querella afirma que «por lo que se refiere a la cuota patronal en sentido estricta retenida, esos hechos constituye un delito de malversación de caudales públicos del artículo 396 o del 397 del Código Penal, según cual haya sido el uso que se haya dado dichos bienes y que podrá determinarse una vez que se haya efectuado las diligencias pertinentes».

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