Versión del Gobierno sobre actuación policial contra un grupo de mujeres

Las Fuerzas de Orden Público que desalojaron a las mujeres encerradas en el Palacio de Justicia de Madrid el 20 de octubre de 1979 lo hicieron «con extremada prudencia, utilizando las defensas reglamentarias, ante todo, con fines persuasivos, y se emplearon con la moderación posible», según contestación del Gobierno al diputado socialista Gregorio Peces-Barba, quien había preguntado sobre las razones de la actuación policial en aquella circunstancia. El grupo de mujeres se había encerrado en solidaridad con las ocho personas acusadas de aborto en Bilbao.Asegura la nota gubernamental que al lle...

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Las Fuerzas de Orden Público que desalojaron a las mujeres encerradas en el Palacio de Justicia de Madrid el 20 de octubre de 1979 lo hicieron «con extremada prudencia, utilizando las defensas reglamentarias, ante todo, con fines persuasivos, y se emplearon con la moderación posible», según contestación del Gobierno al diputado socialista Gregorio Peces-Barba, quien había preguntado sobre las razones de la actuación policial en aquella circunstancia. El grupo de mujeres se había encerrado en solidaridad con las ocho personas acusadas de aborto en Bilbao.Asegura la nota gubernamental que al llegar las FOP al palacio de Justicia «se encontraron un grupo de unas doscientas personas, en su casi totalidad mujeres, que Impedían el acceso al palacio y que desobedecieron las exhortaciones que se les hicieron para que dejasen libre el acceso, reaccionando hostilmente y profiriendo toda clase de insultos y amenazas contra la fuerza pública, aun antes de que ésta actuase», lo cual hizo necesaria una firme actuación policial.

«Y si bien no puede excluirse». añade, «de que en un caso aislado algún miembro de los efectivos policiales replicara con acritud a las injurias que personalmente se les hicieron -reacción que debe calificarse de improcedente-, esto no altera un ápice la responsabílidad de quienes. reflexiva e inconscientemente. estaban cometiendo simultáneamente presuntos delitos tipificados en el Código Penal. »

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