Las deudas a la Seguridad Social rebasan los 200.000 millones de pesetas

A un total de 220.000 millones de pesetas ascendían las deudas de las empresas españolas a la Seguridad Social, a 31 de diciembre del pasado año, en razón de cuotas no satisfechas, según estimaciones publicadas por la revista Actualidad Económica en su último número. De este volumen de deuda, apenas un 50% estaba pendiente de ejecución por vía de las magistraturas de Trabajo, según las mismas fuentes.Las consecuencias de este volumen de deuda de las empresas a la Seguridad Social son considerables, habida cuenta de que, aproximadamente, un 80% del presupuesto de la SS se financia con ca...

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A un total de 220.000 millones de pesetas ascendían las deudas de las empresas españolas a la Seguridad Social, a 31 de diciembre del pasado año, en razón de cuotas no satisfechas, según estimaciones publicadas por la revista Actualidad Económica en su último número. De este volumen de deuda, apenas un 50% estaba pendiente de ejecución por vía de las magistraturas de Trabajo, según las mismas fuentes.Las consecuencias de este volumen de deuda de las empresas a la Seguridad Social son considerables, habida cuenta de que, aproximadamente, un 80% del presupuesto de la SS se financia con cargo a las cuotas de empresarios y trabajadores. El que sólo la mitad de la deuda esté sujeta a procedimiento ejecutivo de cobro constituye uno más de los exponentes de la deficiente gestión del organismo por parte de los poderes públicos responsables.

Además del tradicional impago que practican las empresas, la crítica coyuntura por la que atraviesan numerosas empresas y sectores industriales, unida al progresivo encarecimiento del dinero, han motivado que los empresarios eludan satisfacer las cuotas a la SS como medio de autofinanciarse sin coste adicional.

Del total de cuotas impagadas a la Seguridad Social, un 20% aproximado está sujeto a procedimientos de demora autorizada, a los que se aplica un recargo medio del 10%. No obstante, muchas de esas cuotas autorizadas en demora o no son finalmente satisfechas, o deben ser autorizados nuevos retrasos en su ejecución.

Dentro de los 220.000 millones señalados se incluyen cuotas impagadas de hasta un plazo retroactivo de cinco años, que es el máximo plazo autorizado, tras el cual prescriben las deudas.

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