Debate constitucional

Bastará mayoría simple para que el Gobierno gane la cuestión de confianza

La Comisión Constitucional del Senado aceptó la propuesta in voce de UCD según la cual la confianza se entenderá otorgada por el Congreso al Gobierno que plantee dicha cuestión sobre su programa o sobre una declaración de política general cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los diputados. El proyecto de Constitución exigía el voto favorable de la mayoría absoluta. Esta fue la modificación más importante introducida ayer en los seis primeros artículos del título quinto del proyecto de Constitución, que regula las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.En cam...

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La Comisión Constitucional del Senado aceptó la propuesta in voce de UCD según la cual la confianza se entenderá otorgada por el Congreso al Gobierno que plantee dicha cuestión sobre su programa o sobre una declaración de política general cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los diputados. El proyecto de Constitución exigía el voto favorable de la mayoría absoluta. Esta fue la modificación más importante introducida ayer en los seis primeros artículos del título quinto del proyecto de Constitución, que regula las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.En cambio, no prosperaron las enmiendas que intentaron modificar la moción de censura constructiva -consistente en la inclusión de un candidato a la presidencia del Gobierno junto a la propuesta de moción-, o suprimirla, como pretendieron el senador Carlos Ollero (Agrupación Independiente) y Belén Landáburu (Grupo Mixto).

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Los argumentos del señor Ollero en contra de la moción de censura que establece el proyecto de Constitución lo desarrolló extensamente. Estimó que la regulación citada hace posible la irresponsabilidad política del Gabinete, perturba la función del jefe del Estado de arbitrar y moderar el funcionamiento de las instituciones, así como la relación de éste con el presidente, al admitir dos clases de jefe de Gobierno: el propuesto por el Rey y el impuesto por la Cámara a través de la moción de censura.

Asimismo la señorita Landáburu pidió la supresión del carácter constructivo de la moción de censura, para evitar que el Rey quede sin posibilidad de nombrar presidente de Gobierno en los casos en que se plantee dicha moción.

En el artículo 101, UCD retiró una enmienda por la que proponía que el Gobierno pueda formular declaraciones de política general ante una u otra Cámara «o ante las dos Cámaras conjuntamente». El senador de este grupo hizo suya la enmienda, que fue rechazada con las abstenciones de su grupo. La mayoría de los artículos de este título aprobados lo fueron por asentimiento de la Comisión. En el debate sobre el articulo 105, el señor Ollero mantuvo que la estabilidad de los Gobiernos no debe confundirse con la estabilidad del sistema político, que es lo que importa. El señor López Henares estimó que un elemento de esa última estabilidad es asegurar la mínima permanencia de los Gobiernos.

Más tarde, a propósito del artículo que regula la moción de censura, el señor Ollero concluyó afirmando que si determinados textos consensuados por los dos partidos mayoritarios tienen como objeto consolidar situaciones políticas momentáneas, sería preferible que el consenso desembocara en la coalición entre estas dos fuerzas, sin atentar contra el sistema democrático que pretende diseñar la Constitución. El portavoz del PSI, Manuel Villar, rechazó los argumentos de Belén Landáburu sobre la existencia de dos clases de presidentes de Gobierno, con base en la moción de censura constructiva. Se, manifestó en contra de los vacíos de poder y a favor de la existencia de un Gobierno, aunque éste haya de ser débil desde el punto de vista del respaldo parlamentario.

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