Reforzadas las facultades de inspección del Banco de España

La Comisión de Urgencia Legislativa estimó anoche por unanimidad la urgencia del decreto-ley por el que se refuerzan las facultades del Banco de España en materia de inspección, vigilancia, control e intervención en las entidades de banca privada en las que se produzcan irregularidades o dificultades. El texto del decreto-ley aparece publicado hoy en el Botelín Oficial del Estado y entra inmediatamente en vigor.Previamente había informado a la Comisión el gobernador del Banco de España, José Ramón Álvarez Rendueles, que realizaba así su primera actuación oficial al frente de la banca ce...

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La Comisión de Urgencia Legislativa estimó anoche por unanimidad la urgencia del decreto-ley por el que se refuerzan las facultades del Banco de España en materia de inspección, vigilancia, control e intervención en las entidades de banca privada en las que se produzcan irregularidades o dificultades. El texto del decreto-ley aparece publicado hoy en el Botelín Oficial del Estado y entra inmediatamente en vigor.Previamente había informado a la Comisión el gobernador del Banco de España, José Ramón Álvarez Rendueles, que realizaba así su primera actuación oficial al frente de la banca central española, tras su toma de posesión.

El decreto-ley aprobado anoche autoriza al Banco de España a suspender temporalmente los órganos de administración y dirección de aquellas entidades bancarias en las que se produzcan irregularidades designando delegados para dichos cometidos en tanto duren las investigaciones a que autoriza la legislación vigente. A partir de esta intervención por parte del Banco de España, todos los actos de la entidad afectada serán nulos de pleno derecho. La norma prevé también que en el caso de que tras las diligencias correspondientes se determine la suspensión de la inscripción en el registro bancario de la entidad, los administradores designados con carácter provisional se convertirán automáticamente en liquidadores, que podrán ser posteriormente sustituidos por las autoridades bancarias sin variar su número.

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