Publicado el reglamento del bingo

El reglamento provisional que establece las normas de autorización, organización y desarrollo del juego del bingo se publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado. Las entidades titulares de círculos de recreo y las empresas titulares de establecimientos turísticos podrán solicitar autorización del gobernador civil de la provincia correspondiente para instalar salas y celebrar partidas, cuyo acceso está reservado a los socios y clientes, mayores de edad.Las salas se clasifican en tres categorías, según su capacidad: primera (más de 250 jugadores), segunda (de cien a 250) y tercer...

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El reglamento provisional que establece las normas de autorización, organización y desarrollo del juego del bingo se publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado. Las entidades titulares de círculos de recreo y las empresas titulares de establecimientos turísticos podrán solicitar autorización del gobernador civil de la provincia correspondiente para instalar salas y celebrar partidas, cuyo acceso está reservado a los socios y clientes, mayores de edad.Las salas se clasifican en tres categorías, según su capacidad: primera (más de 250 jugadores), segunda (de cien a 250) y tercera (menos de cien). Como requisito previo a la apertura se establece una fianza de cinco, cuatro y tres millones de pesetas, según la categoría. Las autorizaciones de apertura y funcionamiento tendrán una duración máxima de un año y serán prorrogables por períodos de igual duración.

La entrada en las salas estará prohibida a las personas respecto de las cuales se haya solicitado de la comisión nacional del juego y les sea prohibida la entrada por su cónyuge o por sus hijos mayores de edad, así como por los padres respecto de los hijos que conviven con ellos bajo su dependencia económica.

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