El Estado colombiano, condenado a indemnizar al portero René Higuita

Estuvo detenido durante seis meses en 1993, acusado injustamente de haber participado como mediador en un secuestro

La Corte Constitucional ha condenado al Estado colombiano a pagar 17.344 dólares (11.424 euros) al mundialista portero colombiano René Higuita, acusado injustamente de haber participado como mediador en un secuestro y por lo que estuvo detenido durante seis meses en 1993.

Su detención estuvo basada en la aplicación de un artículo de la Ley Antisecuestro, que posteriormente fue declarada no ajustada a la Constitución por el alto tribunal. Por esta razón la Sección Tercera, con ponencia del magistrado Rodrigo Saavedra, ordenó no sólo indemnizar al jugador con el pago de 70 salarios mínimo...

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La Corte Constitucional ha condenado al Estado colombiano a pagar 17.344 dólares (11.424 euros) al mundialista portero colombiano René Higuita, acusado injustamente de haber participado como mediador en un secuestro y por lo que estuvo detenido durante seis meses en 1993.

Su detención estuvo basada en la aplicación de un artículo de la Ley Antisecuestro, que posteriormente fue declarada no ajustada a la Constitución por el alto tribunal. Por esta razón la Sección Tercera, con ponencia del magistrado Rodrigo Saavedra, ordenó no sólo indemnizar al jugador con el pago de 70 salarios mínimos, sino a su esposa y sus dos hijos por perjuicios morales y a la vida de relación.

Lo que no prosperó fue la petición del ex portero de la selección colombiana para que se le pagara por los contratos de fútbol y campañas publicitarias que perdió durante los más de seis meses que estuvo preso (salió el 3 de enero de 1994), pues el Consejo de Estado consideró que no se probó el detrimento patrimonial por estar en la cárcel.

"La imagen del futbolista no decreció como lo alega, sino que, por el contrario, su popularidad y fama como deportista se mantuvo. Además, se advierte que no se demostró, en concreto, el monto de la alegada disminución pues, si los ingresos del señor Higuita decrecieron por tal perjuicio, como lo alega, debió, como se dijo, traer la documentación contable o tributaria anterior a la fecha de la detención", señaló el alto tribunal.

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