Cómo funcionará el comercio durante los feriados de Navidad y el Año Nuevo en Chile
La ley laboral en el país sudamericano establece que el 25 de diciembre y el 1 de enero son feriados irrenunciables para los trabajadores de los supermercados y centros comerciales
Chile celebrará la Navidad y la fiesta de Año Nuevo 2025 con dos feriados irrenunciables, que corresponden al miércoles 25 de diciembre de 2024 y al miércoles 1 de enero de 2025. Estos recesos, que fueron establecidos en la ley laboral vigente, alterarán el funcionamiento del comercio en todo el país sudamericano, ya que durante esos dos días los trabajadores de los supermercados y de los centros comerciales —conocidos masivamente como malls— tendrán jornadas de descanso. Estas pausas obligarán al cierre de casi la totalidad de las tiendas, lo que obligará a los clientes a buscar alternativas, en especial para la compra de comestibles.
Qué es un feriado irrenunciable
La legislación chilena ha determinado que cada año tenga como feriados irrenunciables los días 1 de mayo (Día del Trabajador), 18 y 19 de septiembre (Fiestas Patrias y las Glorias del Ejército), 25 de diciembre (Navidad) y 1 de enero (Año Nuevo) de cada año. Estos días de descanso son un derecho adquirido para los trabajadores del comercio, los que no tienen la posibilidad de tener una jornada de descanso pleno en los feriados normales al funcionar mediante turnos.
Qué horarios tendrán los supermercados y ‘malls’
La Dirección del Trabajo (DT), el organismo estatal que fiscaliza las condiciones laborales de los trabajadores de Chile, ha precisado la ejecución del feriado irrenunciable. Además de enfatizar que durante los días 25 de diciembre y 1 de enero los establecimientos comerciales no deberán funcionar con sus trabajadores, el servicio gubernamental especificó los horarios laborales de los días previos a los feriados. De acuerdo a la entidad, ningún supermercado o mall puede funcionar a partir de las 20.00 horas del martes 24 de diciembre; así como a las 20.00 horas del martes 31 de diciembre. Cada tienda definirá su horario de funcionamiento de manera particular, pero siempre deberá respetar los límites impuestos por la autoridad. A partir del jueves 26 de diciembre y el jueves 2 de enero los locales comerciales volverán a abrir sus puertas con normalidad.
Cuáles son los comercios que funcionarán
Los comercios que son atendidos por sus propios dueños, como los almacenes de barrio, estarán autorizados para funcionar. Otros establecimientos que no están incluidos en el feriado irrenunciables son los restaurantes; los establecimientos de entretenimiento como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets y clubes; los locales comerciales instalados en aeródromos civiles públicos y aeropuertos; los casinos de juego y otros lugares de juegos legalmente autorizados; los expendios de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias con turnos fijados por la autoridad sanitaria; y las tiendas de conveniencia adosadas a servicentros que vendan alimentos preparados en el lugar.
Las farmacias de turno
Las farmacias, los recintos de ventas de medicamentos y productos de cuidado personal, también cerrarán sus puertas en los feriados irrenunciables. Existe un pequeño grupo de locales que son denominados como las farmacias de turno o de urgencia, y que funcionan durante esas jornadas. El listado de locales abiertos está disponible en un buscador implementado por el ministerio de Salud de Chile (Minsal) en su página web.
Las sanciones por no respetar los feriados
Las multas aplicadas por la DT dependerán del tamaño de la empresa que comete la infracción. En una microempresa, la sanción alcanza 336.470 pesos (unos 336 dólares) por cada empleado al que no se le respeta su feriado. En las grandes empresas, el castigo alcanza los 4.037.640 pesos (4.037 dólares) por cada trabajador afectado.
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