El TSJM admite a trámite el recurso contra el plan para las cocheras de Cuatro Caminos

La asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio considera que el planeamiento se basa en un artículo inconstitucional

Cocheras de Metro de Madrid en Cuatro Caminos. KIKE PARA

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio (MCyP) para paralizar el plan para derribar las cocheras de Cuatro Caminos y construir en su lugar viviendas. La asociación considera que esta decisión “supone reabrir la vía judicial” en este caso y pide paralizar el desarrollo urbanístico hasta que se pronuncien definitivamente los tribunales. El Ayuntamiento de Madrid, sin embargo, tiene previsto aprobarlo en el pleno del próximo lunes.

“El juzgado nos acaba de notificar mediante ...

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio (MCyP) para paralizar el plan para derribar las cocheras de Cuatro Caminos y construir en su lugar viviendas. La asociación considera que esta decisión “supone reabrir la vía judicial” en este caso y pide paralizar el desarrollo urbanístico hasta que se pronuncien definitivamente los tribunales. El Ayuntamiento de Madrid, sin embargo, tiene previsto aprobarlo en el pleno del próximo lunes.

“El juzgado nos acaba de notificar mediante auto -dictado el pasado 17 de junio- que se reconocen motivos para impugnar la sentencia al sentarse una doctrina sobre las normas autonómicas de aplicación que pueden ser gravemente dañosas para los intereses generales al aplicar un precepto declarado inconstitucional”, explica la asociación en un comunicado. “La sentencia desestimaba nuestra pretensión de proteger las cocheras de Cuatro Caminos, incoando expediente de declaración de bien de interés cultural, que garantizase su conservación y recuperación en lugar de su derribo y sustitución”, continúa el documento.

En su momento, el juez estimó la postura potestativa de la Administración para no proteger el edificio, en virtud de la definición del artículo 2.2 de la Ley de Patrimonio. Este artículo, declarado inconstitucional en 2014, define como bienes culturales aquellos de “valor excepcional”, frente a la definición de la ley estatal que los define como aquellos “más relevantes”.

El auto de casación reconoce que “se identifican con precisión las normas reputadas como infringidas” y que “tras justificar que las infracciones han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la sentencia impugnada” acuerdan la admisión a trámite, tras inadmitir las alegaciones contrarias de la Comunidad de Madrid y de la cooperativa Residencial Metropolitan, que pretende construir en el ámbito 443 viviendas.

Madrid, Ciudadanía y Patrimonio defiende que las cocheras de Cuatro Caminos, obra del arquitecto Antonio Palacios, “poseen un valor excepcional y merecen en todo caso ser protegidas; en la sentencia, ahora impugnada, sí se reconocía cierta relevancia del edificio” como lo demuestra que “en el proceso de planeamiento se han protegido tres elementos puntuales, gracias a la labor de estudio y difusión” de la propia asociación. Por todo ello, MCyP piden proteger las cocheras como bien de interés cultural por ser “un patrimonio industrial valioso”.

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