La Generalitat permite a Oriol Pujol salir a diario sin tener el tercer grado

Hace una semana, el juzgado revocó al exdirigente de CDC los beneficios penitenciarios que le había concedido el Gobierno catalán

Oriol Pujol (a la izquierda), tras abandonar la cárcel de Brians 2, en marzo.EFE

La Generalitat catalana ha encontrado un resquicio en el reglamento penitenciario para permitir que Oriol Pujol, hijo del expresident Jordi Pujol, salga de la cárcel cada día y regrese sólo a dormir sin tener concedido el tercer grado. El beneficio será efectivo a partir del lunes. La Junta de Tratamiento ya le otorgó en marzo el tercer grado —sólo 57 días después de entrar en la cárcel condenado a dos años por corrupción—, pero la juez de vigilancia penitenciaria ...

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La Generalitat catalana ha encontrado un resquicio en el reglamento penitenciario para permitir que Oriol Pujol, hijo del expresident Jordi Pujol, salga de la cárcel cada día y regrese sólo a dormir sin tener concedido el tercer grado. El beneficio será efectivo a partir del lunes. La Junta de Tratamiento ya le otorgó en marzo el tercer grado —sólo 57 días después de entrar en la cárcel condenado a dos años por corrupción—, pero la juez de vigilancia penitenciaria revocó la medida al considerarla “prematura”. La misma juez revisará la nueva concesión.

No ha pasado ni una semana desde que Oriol Pujol, exdirigente de CDC, tuvo que volver a ingresar en la cárcel por orden de la titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Barcelona, y ya ha recibido la noticia de que podrá salir cada día para participar en actividades de voluntariado o trabajar, como contempla el régimen de tercer grado que le había sido revocado. El beneficio penitenciario ha sido decidido por unanimidad por la Junta de Tratamiento de la prisión de Brians 1 tras analizar el auto de la juez de vigilancia penitenciaria.

Para ajustar su situación a un régimen que considera adecuado para su reinserción, la Junta de Tratamiento aplica un artículo del reglamento penitenciario que permite flexibilizar el régimen ordinario, según fuentes del Departamento de Justicia. Se trata del apartado 2 del artículo 100, que se refiere a la posibilidad de “hacer el sistema más flexible” y combinar “aspectos característicos” de cada uno de los grados penitenciarios para “un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado”. La norma recoge explícitamente que el juez de vigilancia penitenciaria deberá aprobar posteriormente la decisión.

“Otros mecanismos”

El Departamento de Justicia destacó este jueves que el acuerdo ha tenido en cuenta el auto de la juez de vigilancia, que revocó el tercer grado, y que se refiere a “otros mecanismos” diferentes a los de la clasificación en tercer grado para “continuar el proceso de inserción social, familiar y laboral iniciado por el penado”.

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El exdiputado convergente cumple una condena de dos años y medio por cobrar comisiones ilegales de empresarios en el llamado caso de las ITV. La Fiscalía recurrió la decisión de otorgarle el tercer grado directamente, después de poco menos de dos meses en prisión, al entender que se trataba de un “privilegio” que “transmite sensación de impunidad” ante condenados por “corrupción política” y delincuentes de “cuello blanco”.

La juez de vigilancia penitenciaria estimó el recurso del ministerio público y ordenó la revocación del tercer grado concedido a Pujol. La magistrada argumentó que la decisión fue “prematura” y “desproporcionada” teniendo en cuenta la “entidad” de los hechos por los que fue condenado. Aseguró que no había transcurrido “un tiempo mínimo de observación” sobre su conducta que permitiese “individualizar el tratamiento adecuado” para la reinserción y subrayó que “ni siquiera habían transcurrido dos meses” desde su ingreso en prisión.

Tanto la Fiscalía como la juez reprocharon el comportamiento del político catalán y la necesidad de que su pena sirviese como prevención, además de la finalidad “resocializadora”. La juez destacó la “repercusión institucional y social” de los delitos cometidos por Oriol Pujol. Y subrayó el “gran descrédito de las instituciones” que supuso debido a su “condición de diputado”.

Aunque no las consideró suficientes, la juez señaló que concurrían “circunstancias favorables” para Oriol Pujol: es la primera vez que delinque, ha asumido los hechos a través de una sentencia de conformidad, ha pagado las multas que se le impusieron, tiene un entorno social y familiar positivo y un “bajo riesgo de reincidencia”. Además, recogió la magistrada, Pujol trabajaba “como agente comercial en diferentes empresas”.

La Fiscalía, en su recurso, se manifestó con mayor dureza. La decisión, alegó contra el tercer grado, lanza “el peligrosísimo mensaje de que es rentable delinquir” y de que “la ley no es igual para todos”. Reprochó al hijo del expresidente de la Generalitat Jordi Pujol que había actuado “por pura codicia, por mera avaricia” y deslizó que los delitos había sido “propiciados por su entorno familiar”.

Un beneficio aplicado a 500 personas

El Departamento de Justicia de la Generalitat subrayó ayer que no es la primera vez que se aplica el artículo 100.2 del reglamento penitenciario para mejorar la situación de un penado, como se ha hecho ahora con Oriol Pujol. En el año 2018, según la Generalitat, se aplicó a 405 internos de prisiones catalanas. En lo que va de año, 141 presos han podido también flexibilizar su régimen con características de otros grados penitenciarios, informa Efe.

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