Declarado ilegal el alquiler de pisos turísticos en un edificio de Valencia

Los vecinos del barrio del Carme denunciaron que la actividad resultaba molesta

Valencia -
Los balcones del bloque de la calle Carda han colgado carteles de protesta contra los apartamentos turísticos.José Jordán

El juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia ha condenado una empresa de alquiler de 11 apartamentos turísticos por días a cesar su actividad e indemnizar a los vecinos del edificio por las molestias y los ruidos que ha generado en la finca. La sentencia, hecha pública por la asociación de vecinos Amics del Carme, declara que la actividad resulta "molesta e incómoda" para los vecinos y exige a la gestora y la constructora de los pisos indemnizar con 5.000 euros a cada una de las 10 viviendas denunciantes. Contra esta sentencia cabe recurso.

Los vecinos del número 1 de la calle C...

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El juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia ha condenado una empresa de alquiler de 11 apartamentos turísticos por días a cesar su actividad e indemnizar a los vecinos del edificio por las molestias y los ruidos que ha generado en la finca. La sentencia, hecha pública por la asociación de vecinos Amics del Carme, declara que la actividad resulta "molesta e incómoda" para los vecinos y exige a la gestora y la constructora de los pisos indemnizar con 5.000 euros a cada una de las 10 viviendas denunciantes. Contra esta sentencia cabe recurso.

Los vecinos del número 1 de la calle Carda (en el barrio valenciano de El Carme), según explica Amics del Carme, denunciaron haber sido durante dos años víctimas de "molestias y enfrentamientos provocados por los ocasionales ocupantes de los apartamentos turísticos con los que comparten escalera y rellano" y aseguran estar "cansados de esperar que el Ayuntamiento atendiera sus quejas a pesar de los constantes partes policiales".

La sentencia considera "probada la existencia de actividades molestas que impiden la normal convivencia o habitabilidad de las viviendas como consecuencia de la explotación hotelera" cuyo titular, además, según el informe del Servicio de Inspección Municipal, no tiene licencia para realizar dicha actividad.

El juez considera que ha quedado acreditado que la actividad comenzó en 2013 "ante las dificultades para vender las viviendas", propiedad de la constructora del bloque, que sí logró vender a los demandantes los pisos que ahora habitan. La sentencia explica que los habitantes del edificio no fueron informados en el momento de la compra de los pisos de la intención del constructor de alquilar las demás casas como apartamentos turísticos. Además, el texto precisa que los estatutos del edificio impiden la realización de la actividad de alquiler por días porque "no existe compatibilidad de uso en las viviendas turísticas declaradas, al coincidir en todas las plantas de los edificios con otras de uso residencial plurifamiliar".

La asociación Amics del Carme ha asegurado que tiene previsto dirigirse nuevamente al Ayuntamiento de Valencia "para exigir, no ya el cumplimiento de la sentencia, sino el de las ordenanzas municipales, como debería ser su deber, pues todo esto ocurre porque lo consiente el mismo Ayuntamiento que es quien, en primer lugar, está obligado a garantizar la tranquilidad de los vecinos y el cumplimiento de las ordenanzas municipales".

Contra esta sentencia cabe recurso de casación en el plazo de 20 días. "No nos cabe duda alguna que el propietario del inmueble recurrirá la sentencia, pero el Ayuntamiento debe dejar de jugar al "gato y al ratón" con los vecinos y garantizar la convivencia, el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales a la intimidad y al descanso", ha protestado la asociación de vecinos.

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