Cinco años y medio de cárcel por intentar matar a su yerno

El agresor apuñaló en el pecho al marido de su hija, que acababa de hacerle abuelo

La Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco años y medio de cárcel a un hombre que en 2010 apuñaló varias veces en el pecho a su yerno en el Hospital Parc Taulí de Sabadell (Barcelona), donde su hija acababa de dar a luz, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. El juez le condena por un delito de asesinato en grado de tentativa y una falta de lesiones por haber clavado tres veces una navaja de once centímetros en el tórax a su yerno, y golpear en el brazo y en la pierna a su consuegra, ha avanzado este viernes Catalunya Ràdio.

Fue el 29 de diciembre del 2010 cuando...

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco años y medio de cárcel a un hombre que en 2010 apuñaló varias veces en el pecho a su yerno en el Hospital Parc Taulí de Sabadell (Barcelona), donde su hija acababa de dar a luz, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. El juez le condena por un delito de asesinato en grado de tentativa y una falta de lesiones por haber clavado tres veces una navaja de once centímetros en el tórax a su yerno, y golpear en el brazo y en la pierna a su consuegra, ha avanzado este viernes Catalunya Ràdio.

Fue el 29 de diciembre del 2010 cuando Carlos G.C., de 60 años, se dirigió a la habitación donde su hija acababa de dar a luz y, pese a que esta trató de disuadirlo, el acusado entró en el cuarto y amenazó de muerte al marido de su hija. Tras un forcejeo, los dos hombres salieron al pasillo del hospital donde la madre del yerno "se interpuso para evitar que su hijo fuera agredido", por lo que el acusado le atestó golpes en el brazo y en la pierna hasta que cayó al suelo. Al ver lo que había ocurrido con su madre, el yerno le propinó "varios puñetazos en la cara" a Carlos G.C., que sacó una navaja y acuchilló tres veces a su yerno en el tórax, lo que ocasionó lesiones que podrían haber sido mortales de no estar en un hospital. Los testigos de la agresión avalaron en el juicio la versión de la Fiscalía, que sostenía que el suegro atacó al yerno por la espalda.

El juez ha considerado que Carlos G.C. actuó "conscientemente del peligro concreto" que iba a generar su acción, pero que no lo hizo mediante una conducta alevosa ni premeditada. Además, ha estimado que pese a que el suegro tenía "intención de matar", no alcanzó el resultado deseado, sino el de lesiones, por lo que no se le puede atribuir el delito de homicidio. La Audiencia ha prohibido al acusado aproximarse y comunicarse con la víctima y su madre durante seis años y lo ha condenado a abonar una indemnización de 26.522 euros en concepto de lesiones y secuelas, y de 2,718 euros a la suegra por el mismo motivo; y también ha condenado al yerno a pagar 240 euros por una falta de lesiones.

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