Columna

Detrás de la “Cláusula Petro”

Colombia es reconocida en la región por tener un manejo de su economía ortodoxo y tecnócrata, independiente de la política electoral

El hoy candidato a la presidencia, Gustavo Petro, en una protesta contra las medidas hacendarias y de seguridad del gobierno del presidente Iván Duque, en diciembre de 2019.Anadolu Agency (Anadolu Agency via Getty Images)

¿Existe? Sí. Después de un recorrido de conversaciones con abogados, banqueros e inversionistas está claro que la denominada “Cláusula Petro” es una realidad en Colombia donde Gustavo Petro es candidato por el partido Colombia Humana para el periodo presidencial 2022-2026.

Los negocios tienen aspectos emocionales y racionales. En un ambiente retador, los primeros se posan en el miedo y, los segundos, en las calificaciones de incertidumbre sustentadas en los altos niveles de riesgo q...

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¿Existe? Sí. Después de un recorrido de conversaciones con abogados, banqueros e inversionistas está claro que la denominada “Cláusula Petro” es una realidad en Colombia donde Gustavo Petro es candidato por el partido Colombia Humana para el periodo presidencial 2022-2026.

Los negocios tienen aspectos emocionales y racionales. En un ambiente retador, los primeros se posan en el miedo y, los segundos, en las calificaciones de incertidumbre sustentadas en los altos niveles de riesgo que se detectan en los datos y los hechos. Ambos frenan o paralizan las dinámicas económicas de una empresa, por tanto de un país. Es así como se genera un retraso, en el mejor de los casos, de las oportunidades de desarrollo sostenible para una sociedad y, al final, de sus ciudadanos.

Las cláusulas son condiciones dentro del acuerdo formal entre partes que representa un contrato. El debate en Colombia se ha dado frente a la reflexión de si dicha cláusula es legal o no. Evaluar su legalidad tiene dos componentes. El primer componente es el civil o comercial. Desde esta perspectiva se analiza si un negocio es posible sujetarlo a una condición suspensiva o resolutoria. Es natural que frente a un negocio exista una condición sobre un hecho futuro incierto o una situación. En este caso, la eventual elección como presidente de un candidato determinado. La segunda mirada es desde el derecho constitucional y electoral. En ese escenario se evalúa si hacer uso de esta cláusula o cualquier otra similar, implica una inducción electoral a que se vote o no por una persona, ya que eso implicaría de alguna manera coacción o insinuación sobre el voto. Es evidente la distancia entre un contrato privado y el votante particular, pero ante todo se estaría olvidando la libertad y autonomía del individuo a elegir por aquel o aquello con que se identifica. Si esta autonomía no se considerara tampoco podría existir entonces la propaganda política.

Colombia es reconocida en la región por tener un manejo de su economía ortodoxo y tecnócrata, independiente de la política electoral. Es miembro de la OCDE, lo cual la compromete a un manejo alineado con estándares internacionales de alto perfil. Estos elementos han generado confianza histórica en el inversionista nacional y extranjero.

El país está reaccionando de una manera interesante después de la pandemia, periodo en el que aumentó el ahorro y, a pesar de los desafíos que enfrenta, se observan unas buenas dinámicas de mercado, especialmente como resultado de la demanda interna expresada en el consumo. De hecho, el reporte NowCast de Bancolombia muestra que ha tenido un inesperado primer trimestre, ya que: “la actividad productiva creció a una tasa estimada anual de 8,5% en su serie original. Esto es 0,7 pps mayor que la estimación para el primer trimestre 2022 (7,8%)”.

En paralelo, surgen señales diferentes que predicen un golpe de realidad. Considerar y calificar el riesgo es obvio e inteligente y más aún en un mundo con economías interrelacionadas; no en vano se trabaja con mediciones de “riesgo país” sustentadas en las realidades y expectativas políticas, económicas y sociales de cada nación. Es importante recordar que en el 2021 dos de los tres calificadores más reconocidas en esta medición hicieron cambios en su calificación a Colombia. Fitch Ratings y Standard & Poor’s rebajaron la nota crediticia de BBB- a BB+ y tan solo Moody’s decidió mantener su calificación al país. Adicionalmente el dólar, que estuvo a $3.737 COP el 15 de abril de este año incrementa su valor y se encuentra hoy en $343,70 ($4.053,93 COP) según el TRM del Banco de la República. Se añade que la banca observa una tendencia a tomar posiciones e invertirlas en dólares buscando mayor seguridad. Y por último, aparecen inversiones en pausa mientras se elige el nuevo presidente y, desde hace varios meses, la “cláusula Petro”.

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Es deber de un candidato proponer un programa de gobierno serio y estructurado. Es natural que divulgue y explique sus ideas inmerso en el entusiasmo de su campaña, pues es por ellas que será precisamente elegido. Es libre de proponer en el marco del respeto, pero esa misma libertad la ejerce el receptor de sus ideas formándose una opinión, sintiendo una emoción y creando acciones concretas en consecuencia. No es diferente el mercado. Es muy simple: si quién es el presidente afecta las decisiones frente al manejo del dinero de los ciudadanos y de las inversiones de nacionales y extranjeros es natural, e incluso responsable, y en algunos casos obligatorio, actuar al respecto.

Las épocas electorales generan tensiones de inversión. ¿Pero dónde radica el miedo y la incertidumbre para crear una cláusula con nombre propio? En las reacciones que han causado las declaraciones y propuestas del propio Gustavo Petro. El temor aquí es una preocupación estructural que se basa en la duda sobre si el hoy aspirante a presidente entraría a modificar pilares institucionales e independientes del sistema económico colombiano, de tal manera que no permita el libre mercado, que ha sido una característica de la economía y de la sociedad colombiana y, que a su vez, ha permitido el desarrollo de la libre empresa en el país, donde, en general, la oferta y demanda actúan como reguladores.

Colombia tiene una historia amarga reciente y aún presente con la Venezuela chavista y seguro aprendió la lección. Los cambios políticos radicales y populistas del país vecino y la región han tenido consecuencias económicas dramáticas y han causado pérdidas millonarias que aún hoy asumen las empresas colombianas después de ser expropiadas o confiscadas por el régimen bolivariano. Al final solo parecen existir dos opciones: hacer una cláusula de resolución de contrato para retirarse y asumir la pérdida, o acercarse al nuevo régimen político para negociar. Para Carlos Raúl Yepes, quien estuvo liderando el caso de Cemento Andino del grupo cementero Argos, no había más alternativa que asumir la pérdida. Distinta fue la realidad para compañías cuya nacionalidad tenía tratados con Venezuela, pues “es diferente pelear con un país que con una compañía”, como expresó una de las fuentes consultadas para esta columna y que pidió reserva de su nombre. Ese no fue el caso de Colombia. Este listado de empresas incluye Alpina, Argos, Colombina, Exito, Nacional de Chocolates, Leonisa, entre otros.

La “cláusula Petro” se ha dado en el 2018 y ahora en el 2022; no es nueva, y convive con tantas cláusulas como las personas y los inversionistas consideren prudente en un mercado libre y dinámico dentro de un sistema democrático en un mundo global. Usarlas es, al final, un acto de libertad de personas y empresas que basados en sus reflexiones y análisis consideran prudente acordar condiciones de seguridad contractual o de inversión frente a su percepción y análisis de incertidumbre.

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