Condenado a 40 años de cárcel un empresario zamorano por abuso sexual sobre seis menores, dos de ellas sus hijas
El individuo se aprovechaba de la extrema confianza que tenía sobre las niñas para realizarles masajes con tocamientos e incluso una penetración
La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a 40 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de seis menores entre 2017 y 2022, dos de las cuales eran sus hijas. La tipificación se recoge como “delito continuado de abuso sexual”, un término que desapareció tras la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí —posterior a los hechos juzgados y no aplicable—, que ...
La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a 40 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de seis menores entre 2017 y 2022, dos de las cuales eran sus hijas. La tipificación se recoge como “delito continuado de abuso sexual”, un término que desapareció tras la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí —posterior a los hechos juzgados y no aplicable—, que unificó todo en agresión. El individuo se aprovechaba de la extrema confianza que tenía sobre sus hijas y sus amigas para, regalos, dinero y promesas mediante, aprovechar para hacerles masajes con tocamientos, besarlas, e incluso una penetración. Las chicas, avergonzadas y temerosas de represalias, callaron durante años hasta que una de ellas se atrevió a confesarlo a su madre, del mismo grupo de amigas, y todas denunciaron lo sucedido.
El juicio, desarrollado el pasado noviembre, sentó ante la Justicia a un empresario zamorano, de Villaralbo, acusado de ese séxtuple delito de violencia sexual sobre niñas que tenían entre 11 y 14 años cuando se produjeron los hechos, que comenzaron en 2017 y sucedían en los encuentros que las menores tenían con el adulto, que se valía de la confianza y amistad de los padres de las niñas para quedarse a solas con ellas para cometer los delitos. También con sus dos hijas.
Las víctimas eran ya mayores de edad, salvo una, cuando comenzaron las sesiones en la Audiencia. Fue esta, de 17 años, quien relató cómo con solo 12 años, el hombre la llevó a la habitación donde dormía una de sus hijas, la acostó en la misma cama para darle un masaje y le manoseó el pecho o la vulva. La niña manifestó su desagrado, incomprensión y confusión y se lo llegó a decir a una de sus amigas, hija del acusado, quien le pidió que no se quedara a solas con su padre.
Los demás testimonios abundaron en esa línea. Fiestas de pijama, cumpleaños, encuentros sociales, viajes familiares o de amigos a la playa, que fue donde ocurrió otro de los episodios troncales de esta causa: el condenado penetró vaginalmente a una de ellas. Esta declaró en el juicio que entre 2018 y 2022 el hombre le cogía la mano para masturbarse o eyacular encima de ella hasta violarla en uno de esos viajes a la costa.
Todas incidieron en que tenían miedo de coincidir con él sin nadie más cerca. La denuncia se cursó debido a un momento de extrema violencia del señalado, pues apalizó al perro de sus hijas con ellas dos delante. También lo presenció otra menor que, tras hablarlo con una de sus amigas e hijas del encausado, decidió advertir a su madre de todas las actitudes del condenado. Esta, tras compartirlo con las otras madres del grupo, propició la denuncia múltiple tras contrastar que hasta cuatro de las chicas, más las dos hijas, sufrieron esas agresiones sexuales bajo la confianza y ascendencia que tenía el adulto sobre ellas.
La sentencia, ante la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, desgrana así las condenas por los seis “delitos de abuso sexual continuado”. Dos de ellos, correspondientes a sus hijas, se castigan respectivamente con 10 años y medio de prisión. Otros tres implican cinco años de cárcel cada uno y el último añade otros cuatro para elevar a 40 años la privación de libertad.
El fallo destaca esta clave al describir los artículos del Código Penal utilizados para justificar la condena: “Redacción anterior a la reforma llevada a cabo por la LO 10/2022 de 6 de septiembre”. Esa Ley Orgánica es la conocida como ley del solo sí es sí, que elimina la figura del “abuso” e incluye esos delitos como “agresión”, pero no aplicable porque los hechos acontecieron durante años y meses antes de que se aprobara la normativa.
El sujeto deberá asumir una orden de alojamiento sobre las seis víctimas durante 15 años y queda inhabilitado durante 16 “para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleve contacto regular y directo con menores de edad” y “libertad vigilada durante 10 años”. Además, deberá pagar 30.000 euros a cada una de sus hijas por “daños morales” y otros 20.000 a las otras cuatro jóvenes por el mismo motivo. El condenado lleva en prisión provisional desde su detención por percibirse un alto riesgo de fuga.
El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.