Sanidad y comunidades aprueban un protocolo común para la atención de las agresiones sexuales en todo el sistema sanitario

La medida estaba incluida en la ley del ‘solo sí es sí' y prevé medidas como la asistencia de sanitarios y forenses en un solo acto para evitar la revictimización

Manifestación del 8-M en San Sebastián.Javier Hernandez Juantegui

El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado este jueves en el seno del Consejo Interterritorial un nuevo protocolo que establece los procedimientos comunes a seguir en todos los niveles del sistema sanitario para la asistencia a los casos de violencia sexual. El objetivo general de la medida es fijar los criterios que deben seguirse en la “detección, valoración e intervención” de las agresiones, recientes o del pasado, en “mujeres adultas, niñas, niños y adolescentes” y ofrecer “una atención sa...

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El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado este jueves en el seno del Consejo Interterritorial un nuevo protocolo que establece los procedimientos comunes a seguir en todos los niveles del sistema sanitario para la asistencia a los casos de violencia sexual. El objetivo general de la medida es fijar los criterios que deben seguirse en la “detección, valoración e intervención” de las agresiones, recientes o del pasado, en “mujeres adultas, niñas, niños y adolescentes” y ofrecer “una atención sanitaria integral (física, psicológica y social), ágil, respetuosa y eficaz”.

El documento destaca la importancia de “atender el relato de la víctima y evitar su revictimización” durante el proceso asistencial, para lo que contempla medidas como la atención en un solo acto por parte del personal sanitario y del médico forense que valore el caso. “Es necesario el reconocimiento de su situación, la búsqueda de las mejores intervenciones científicas, sanitarias, legales y sociales que permitan la recuperación de su salud en las mejores condiciones posibles, sin estigmas bio-psico-sociales y facilitando la información disponible para que la persona pueda tomar la decisión de denunciar los hechos”, sostiene el protocolo. Este se pondrá en marcha incluso cuando la víctima no quiera denunciar, y las muestras recabadas se guardarán por si quiere hacerlo más adelante

La norma enfatiza la atención a las víctimas en contextos de especial vulnerabilidad, entre los que incluye “el embarazo, la discapacidad, la pertenencia a grupos culturales y étnicos minoritarios, la migración y racialización, el consumo de sustancias y adicciones, el colectivo LGTBI, vivir en un entorno rural, las personas sin hogar y las mujeres de edad avanzada”, entre otras.

La sensibilización y formación del personal sanitario, mejorar la investigación sanitaria en materia de violencia sexual y promover “el empoderamiento y capacitación de las víctimas” son otros de los objetivos recogidos en el texto. La elaboración de este protocolo estaba prevista en el artículo 20 de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley del solo sí es sí, aprobada en septiembre del año pasado.

Las nuevas medidas parten del reconocimiento de que “la violencia sexual tiene consecuencias devastadoras en la salud y la vida de quienes la sufren”, unas repercusiones que afectan a todas las dimensiones de la salud: “física, mental, sexual y reproductiva, social y conductual”. En ocasiones, las secuelas de la agresión “pueden aparecer en la fase inmediata” tras haberse producido, “aunque también perdurar en el tiempo a medio y largo plazo”. Este hecho explica que algunas víctimas “asistan con mayor frecuencia a diversos servicios de atención sanitaria, aunque el episodio de violencia sexual haya sucedido en el pasado”.

Según los datos de la Estrategia Estatal para combatir las violencias machistas 2022–2025 recogidos en el protocolo, “el 43,7% de las mujeres víctimas de violencia sexual y el 58,8% de las que han sido violadas afirman haber utilizado algún servicio de urgencias por algún problema o enfermedad en los 12 meses previos a las entrevistas”, porcentajes muy superiores “al 28,3% de las que nunca la han sufrido”. Igualmente, “el 22,3% de las mujeres víctimas de violencia sexual y el 31,9% de las que han sido violadas” han buscado la asistencia de un psicólogo o psiquiatra. Este porcentaje se reduce al 9,7% entre las que no la han sufrido.

En el caso de niños y adolescentes, “se producen consecuencias específicas relacionadas con la edad, la situación de vulnerabilidad y/o el tipo de violencia sufrida”. En este caso, lo establecido en el nuevo protocolo se completará con otro específico de la violencia contra los menores.

Según datos de 2014 de la Encuesta Europea sobre violencia contra las mujeres, “el 11% de las europeas han sufrido violencia sexual desde los 15 años y el 5% de las mayores de 15 años (una de cada 20) ha sido violada”. Más reciente y centrada en España es la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer de 2019, que señala que “el 8,9% de las mujeres de 16 o más años ha sufrido violencia sexual de una pareja o expareja y un 7,5% ha sido violada por una pareja o expareja”, aunque el texto añade que “es difícil medir el alcance real [del problema] ya que habitualmente algunas agresiones sexuales son normalizadas por producirse en este ámbito y no se declaran”.

El protocolo defiende que detectar una situación de violencia sexual es el primer paso “para iniciar el restablecimiento de los derechos de las víctimas” y que, al igual que ocurre con la violencia de género, “los espacios de atención primaria y hospitalaria pueden ser escenarios privilegiados” para esta detección.

Esta es la razón por la que el documento detalla los procedimientos a seguir por los profesionales sanitarios, que deberán alertar al médico forense si sospechan de la existencia de una agresión sexual acabada de ocurrir o reciente (entre los siete y diez días anteriores), para proceder de forma conjunta en la asistencia a la víctima. El texto precisa igualmente la toma y custodia de las muestras biológicas que posteriormente puedan ser utilizadas en un procedimiento legal.

El protocolo establece también los criterios que deben seguirse en la atención de la víctima en otras localizaciones por servicios como el 112 antes de su llegada al centro sanitario. En estos casos, se buscará “un ambiente que garantice la seguridad, intimidad y confidencialidad de la persona agredida” y, siempre que sea posible, “el apoyo psicológico debe comenzar en [este] primer punto de atención sanitaria”. Los profesionales deberán en estos casos “estar alerta ante otras posibles formas de agresión sexual que la víctima no revele en un principio, específicamente ante la sospecha de sumisión química”.

Una vez llegado al centro sanitario, la asistencia se prestará “en presencia de personal de enfermería, además de la persona de confianza” que haya elegido la víctima. En todo momento, “se le explicará la finalidad de las actuaciones que se van a realizar, permitiéndole la toma de decisiones, y se le invitará a preguntar lo que crea oportuno, asegurándose de que comprenda las explicaciones”.

“El relato que la persona haga de los hechos podrá registrarse en la historia clínica” y “el informe médico forense, de forma escrupulosa, sin presuponer ni interpretar, reflejando de la manera más literal posible las manifestaciones de la víctima, recogerá este relato como prueba importante en el proceso judicial”, concluye el texto.

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