Dos asociaciones de prensa piden a la Defensora del Pueblo que recurra la ley electoral

La FAPE y la APM consideran inconstitucional que las televisiones privadas tengan que repartir el tiempo de información electoral en función de los resultados de los partidos

La nueva Ley electoral, que por primera vez hace referencia expresa a las televisiones privadas, a las que impone la misma proporcionalidad que a la públicas en el tratamiento de la información electoral, ha levantado ampollas entre los profesionales de esos medios. Hoy, la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) han recogido ese malestar y han propuesto a la Defensora del Pueb...

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La nueva Ley electoral, que por primera vez hace referencia expresa a las televisiones privadas, a las que impone la misma proporcionalidad que a la públicas en el tratamiento de la información electoral, ha levantado ampollas entre los profesionales de esos medios. Hoy, la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) han recogido ese malestar y han propuesto a la Defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, que presente un recurso de inconstitucionalidad contra la imposición de bloques de información electoral.

La presidenta de la FAPE, Elsa González, el presidente de la APM, Fernando González Urbaneja, y el vicepresidente de FAPE, Nemesio Rodríguez, se han reunido con Cava de Llano en la sede del Defensor del Pueblo para entregarle la documentación en la que sustentan la solicitud de inconstitucionalidad. Aunque se ha comprometido a estudiar "con mucha atención" la queja de estas asociaciones, la Defensora les ha trasladado que "no es un tema fácil" ya que la reforma que propició la nueva ley contó con un amplio consenso parlamentario.

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La delegación de los periodistas ha expuesto los argumentos en que basan su solicitud y que se sostienen en un informe de la Comisión de Quejas y Deontología de la FAPE de diciembre de 2010 y que señala que los medios privados, por su interés económico general, "no tienen función de servicio público esencial" y por tanto "no se les puede exigir la gratuidad de estas emisiones electorales lo que, en todo caso, vulneraría el artículo 20 de la Constitución en relación a la libertad de información".

La FAPE y la APM entienden que este intento de convertir la información libre en un altavoz de mensajes políticos, cronometrados y de dudoso interés para las audiencias constituye un grave atropello profesional. Las organizaciones profesionales interpretan esta reforma como un claro empeño de anular la profesión periodística, que ya es lo suficientemente vilipendiada en la cobertura electoral con la convocatoria de ruedas de prensa sin preguntas, la distribución de productos enlatados, las restricciones de acceso a los mítines de campaña y la obligación de conectar con la señal oficial del partido político de turno.

Los directores de Servicios Informativos respaldan la posición de la FAPE y la APM. Responsables de los Informativos de 16 cadenas públicas y privadas, consultados por la APM, consideran pertinente interponer recurso de inconstitucionalidad contra los bloques electorales.