El juez aplaza el juicio contra las tabaqueras para decidir si el Estado debe ser parte

El titular del Juzgado 68 de la Audiencia Provincial debe dirimir su competencia en un plazo de cinco días

El Juzgado número 68 de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid acoge desde hoy el juicio de la demanda civil presentada en febrero de 2002 por la Junta de Andalucía contra seis empresas tabaqueras, entre ellas la española Altadis (antigua Tabacalera). La Junta las considera responsables de las enfermedades de 134 pacientes y les reclama 1,77 millones de euros en concepto de reembolso de los gastos sanitarios derivados del tratamiento de los pacientes.

Sin embargo, la primera sesión ha durado pocos minutos, dado que el juez encargado del caso, Manuel Eduardo Regalado, tiene que re...

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El Juzgado número 68 de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid acoge desde hoy el juicio de la demanda civil presentada en febrero de 2002 por la Junta de Andalucía contra seis empresas tabaqueras, entre ellas la española Altadis (antigua Tabacalera). La Junta las considera responsables de las enfermedades de 134 pacientes y les reclama 1,77 millones de euros en concepto de reembolso de los gastos sanitarios derivados del tratamiento de los pacientes.

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Sin embargo, la primera sesión ha durado pocos minutos, dado que el juez encargado del caso, Manuel Eduardo Regalado, tiene que resolver si debe llamarse al Estado como parte demandada en la causa. Para ello tiene un plazo de cinco días, por lo que la vista ha quedado suspendida hasta que emita un auto con su decisión. Según ha informado el propio magistrado, en el caso de que se considerara al Estado como parte en el proceso, en su condición de titular del monopolio del tabaco en España hasta 1998, este tribunal "carecería de jurisdicción", y el asunto tendría que dirimirse por la vía de lo Contencioso-Administrativo y no por la de lo Civil.

El juez entiende que antes de seguir con el procedimiento debe resolverse esta cuestión, que constituye una de las alegaciones de los abogados de las tabaqueras, ya que sería "absurdo" continuar con la presentación y admisión de pruebas y con el señalamiento de la fecha de inicio del juicio estando pendiente "la cuestión principal" a nivel procedimental: si el Juzgado tiene jurisdicción en este caso.

Por su parte, la letrada que representa a la Junta de Andalucía, Carmen Carretero, ha manifestado que la demanda presentada contra las seis compañías se refiere sólo a la comercialización del tabaco, por lo que a su juicio el Estado no tendría en principio por qué estar presente. "No vale cualquier intervención de terceros (en referencia al Estado), sólo aquellas relacionadas con la comercialización", ha dicho la letrada, para añadir que lo contrario supondría "modificar la propia demanda". Pese a que reconoce que es el Estado el que regula la venta de tabaco, Carretero ha señalado que "sería la primera vez que se imputa responsabilidad a la Administración por el solo hecho de percibir impuestos" y que hay que distinguir entre comercializar y "ostentar la mera titularidad del monopolio fiscal".

Por el contrario, los letrados que representan a las seis compañías demandadas (British American Tobacco, Cita, Altadis, Tobacco Canary Island, Philip Morris Spain y J.T. International) ha recordado que el Estado mantuvo el monopolio sobre la fabricación, distribución y comercialización del tabaco hasta 1998 y que todavía mantiene el relativo a la venta al por menor, agregando en este sentido que en el caso de que una compañía concesionaria tuviera que responder "no elimina la responsabilidad objetiva de la Administración titular". También distinguen que el hecho de que el Estado regule la venta de tabaco no quiere decir que el Estado "tenga responsabilidad de nada", sino sólo que "debe ser parte en el proceso".

En el caso concreto de Altadis (antigua Tabacalera), el abogado que defiende a esta empresa ha recordado que en el consejo de administración de Tabacalera había incluso un delegado del Gobierno con poder de veto sobre cualquier decisión, lo que da una idea de la implicación del Estado en el asunto objeto de la demanda.

Por otro lado, los abogados de las compañías tabaqueras presentes en la vista oral opinan unánimemente que es improcedente que la Junta de Andalucía presente una demanda sobre la base de 134 casos de pacientes enfermos, en lugar de que sean éstos los que presenten acciones de forma individual. En este sentido, la abogada de la Junta justifica la presentación de la demanda porque lo que se reclama es el reembolso de la asistencia sanitaria de los mismos y no una indemnización por daños, y porque ese gasto fue satisfecho por una administración pública.

El último pulso entre la Administración andaluza y las tabaqueras tuvo lugar en mayo de 2003 cuando la Audiencia de Madrid rechazó el recurso de estas empresas, que pedían que se considerara al Estado como responsable en la demanda civil presentada por la Junta. El fallo dictado el 6 de mayo de 2003 por la Audiencia Provincial de Madrid enmienda a la juez instructora, quien planteó incluir como demandado al Estado por haber sido Tabacalera un monopolio estatal hasta 1998 y considerar que la compañía, tras ser privatizada, asumió "todos sus derechos y obligaciones y todas las responsabilidades futuras".

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