SALUD

Entra en vigor la directiva de la UE que prohíbe el término 'light' en las cajetillas

La industria tendrá un periodo de adaptación para cumplir la norma que obliga a incluir leyendas como "Fumar mata"

A partir de hoy entra en vigor la normativa europea sobre fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco. Esta norma, que reduce los límites máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono y prohíbe los términos light y suave y obliga a incluir en el empaquetado leyendas como "Fumar mata". Sin embargo, habrá un periodo transitorio, hasta septiembre de 2003, en el que convivirán las distintas cajetillas. Además, a partir de 2004, las tabaqueras tendrán que especificar qué aditivos utilizan.

La leyenda "Fumar mata" o "Fumar daña gravemente vuestra salud y la de vuestro...

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A partir de hoy entra en vigor la normativa europea sobre fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco. Esta norma, que reduce los límites máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono y prohíbe los términos light y suave y obliga a incluir en el empaquetado leyendas como "Fumar mata". Sin embargo, habrá un periodo transitorio, hasta septiembre de 2003, en el que convivirán las distintas cajetillas. Además, a partir de 2004, las tabaqueras tendrán que especificar qué aditivos utilizan.

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La leyenda "Fumar mata" o "Fumar daña gravemente vuestra salud y la de vuestro entorno" debe cubrir un 30% de la superficie del paquete, mientras que en la otra cara aparecerá una advertencia complementaria que podrá cubrir hasta el 40% de la otra cara de la cajetilla.

Cada Estado de la Unión podrá elegir consignas adicionales y se contempla frases como "El tabaco mata", "El tabaco causa impotencia", "El tabaco provoca cáncer de pulmón" o "Fumar destruye su salud y la de su prójimo".

Para el 2004, la Comisión Europea deberá haber elaborado una lista de los productos autorizados, y cada Estado miembro deberá recibir información detallada anual de los productos utilizados.

La industria tabaquera tiene dos años para reducir de forma obligatoria los niveles de nicotina (1 miligramo por cigarrillo), de alquitrán (de 12 a 10 miligramos) y de monóxido de carbono (10 miligramos). Los paquetes deberán llevar entonces serias advertencias sobre el riesgo sanitario del tabaco.

Los reclamos suave, ligh o bajo en nicotina quedan prohibidos. Los ministros de Sanidad consiguieron en este terreno imponer su criterio, desautorizando incluso a las marcas que han incorporado tales términos al nombre del producto, como es el caso de Marlboro Lights y Camel Lights. Tendrán, no obstante, hasta 2004 para cambiar. También dispondrán de un mayor periodo transitorio (hasta 2007) los productos de tabaco destinados a la exportación, de manera que se usen los mismos estándares que se han fijado ahora para el consumo interno.