La Fiscalía se opone a la recusación del magistrado que juzgará a Chaves y Griñán

El juez asegura que puede "ejercer de forma responsable" sus obligaciones

Pedro Izquierdo atiende a los medios tras el sorteo público del jueves. PACO PUENTES

La Fiscalía de Sevilla no ve motivos para la recusación del juez Pedro Izquierdo como magistrado ponente en el juicio de la rama política del caso de los ERE, en el que están encausados los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 24 ex altos cargos del Ejecutivo autonómico. Izquierdo fue secretario general de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía entre 2008 y 2014, dura...

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La Fiscalía de Sevilla no ve motivos para la recusación del juez Pedro Izquierdo como magistrado ponente en el juicio de la rama política del caso de los ERE, en el que están encausados los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 24 ex altos cargos del Ejecutivo autonómico. Izquierdo fue secretario general de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía entre 2008 y 2014, durante la presidencia de los procesados. Este jueves ha asegurado que tampoco ve motivos para no llevar la causa.

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El PP y Manos Limpias habían reclamado que Izquierdo se desvinculara del caso. Sin embargo, la defensa de los altos cargos de la Junta ha defendido que no hay razón, argumento al que se ha sumado ahora la fiscalía.

"El mero hecho del desempeño de un cargo publico en la Administración autonómica andaluza no es per se causa de abstención o recusación", defiende el fiscal Juan Enrique Egocheaga Cabello en su escrito a la sala y en respuesta a las peticiones del PP y Manos Limpias.

En el mismo sentido, el fiscal manifiesta que "haber sido nombrado y mantenido en el cargo de confianza" por parte de los expresidentes no implica una amistad manifiesta. "Nada se contiene en el escrito de la parte [quienes reclaman la recusación] que acredite tal aseveración".

En este sentido, y en respuesta al PP, el fiscal afirma que fue la entonces consejera de Justicia, Evangelina Naranjo, quien promovió el nombramiento y Chaves solo firmó, como le correspondía por su cargo. "La existencia de subordinación a la que se refiere la LOPJ [ley del Poder Judicial] requiere una relación cercana y directa que suponga la ejecución de órdenes impartidas de manera cierta entre las dos partes, no constando en el escrito de la parte, la existencia de dicho tipo de subordinación, a través de la ejecución de órdenes o instrucciones concretas, mas allá por tanto de la genérica relación de subordinación que tienen todos, absolutamente todos, los funcionarios de la Junta, respecto del presidente del Consejo de Gobierno de la Junta", argumenta la fiscalía.

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Por último, respecto a la sospecha de las acusaciones sobre la existencia de interés directo o indirecto del ahora magistrado en el pleito, la Fiscalía, "partiendo del hecho del desempeño del cargo en una consejería ajena a las que puedan considerarse implicadas en los hechos contenidos en el escrito de calificación, no conoce ningún hecho o manifestación del ponente que lleve a considerarlo".

La fiscalía solo se limita a reclamar a Izquierdo que sea él quien analice si alguna circunstancia en su paso como cargo de la Junta de Andalucía podría afectarle a su imparcialidad.

Pedro Izquierdo ha respondido que tiene la "percepción" de que puede "ejercer de forma responsable" sus obligaciones profesionales como presidente de la sala y ponente del caso. Según ha defendido, cuando fue nombrado alto cargo, "ni conocía ni tenía relación de ningún tipo con los encausados o encausadas" y tampoco ha tenido una relación íntima con ninguno de ellos.

Por otra parte, la Audiencia de Sevilla ha confirmado de forma definitiva el archivo de la causa contra nueve ex altos cargos de la Junta de Andalucía en la pieza de los ERE en la que están procesados los expresidentes.

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